Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Artesanía. Ayudas. (2023040008)
Decreto 164/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023
3715
2. S
e levantará Acta de la Comisión de Valoración que será firmada por el Secretario con el
visto bueno de su Presidente, debiendo también recoger la declaración de ausencia de conflicto de interés, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún
conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el
procedimiento.
Artículo 13. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
Para la concesión de las ayudas se valorarán los siguientes aspectos, de acuerdo con la siguiente baremación:
a) La adopción de medidas tendentes a la optimización del consumo energético, con un
límite máximo de 15 puntos:
— Instalación de un elemento o medida ahorro energético. 5 puntos.
— Instalación de varios elementos o medidas de ahorro energético. 10 puntos.
— Instalación integral de medidas de ahorro energético. 15 puntos.
b) La implementación de capacidades de fabricación avanzadas y soluciones integrales en
eficiencia energética, digitalización y automatización de procesos productivos, con un
límite de 10 puntos:
— La inversión es neutra: 0 puntos.
— La inversión contempla el empleo de TIC, sistemas de control numérico, aplicaciones
de diseño o nuevos materiales en el proceso de producción: 10 puntos.
c) La incidencia del proyecto en la mejora del proceso de comercialización: 10 puntos.
— La mejora se implementa mediante bienes inventariables (aplicaciones informáticas,
diseño y construcción de páginas web) con una vida útil inferior a 5 años: 5 puntos.
— La mejora se implementa mediante bienes inventariables con una vida útil superior
a 5 años: 10 puntos.
d) Los talleres artesanos radicados en Áreas de Interés Artesanal: 10 puntos.
e) E
n el caso de oficios en riesgo de cesación de actividad o sin actividad registrada del
anexo V: 10 puntos.
Lunes 16 de enero de 2023
3715
2. S
e levantará Acta de la Comisión de Valoración que será firmada por el Secretario con el
visto bueno de su Presidente, debiendo también recoger la declaración de ausencia de conflicto de interés, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún
conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el
procedimiento.
Artículo 13. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
Para la concesión de las ayudas se valorarán los siguientes aspectos, de acuerdo con la siguiente baremación:
a) La adopción de medidas tendentes a la optimización del consumo energético, con un
límite máximo de 15 puntos:
— Instalación de un elemento o medida ahorro energético. 5 puntos.
— Instalación de varios elementos o medidas de ahorro energético. 10 puntos.
— Instalación integral de medidas de ahorro energético. 15 puntos.
b) La implementación de capacidades de fabricación avanzadas y soluciones integrales en
eficiencia energética, digitalización y automatización de procesos productivos, con un
límite de 10 puntos:
— La inversión es neutra: 0 puntos.
— La inversión contempla el empleo de TIC, sistemas de control numérico, aplicaciones
de diseño o nuevos materiales en el proceso de producción: 10 puntos.
c) La incidencia del proyecto en la mejora del proceso de comercialización: 10 puntos.
— La mejora se implementa mediante bienes inventariables (aplicaciones informáticas,
diseño y construcción de páginas web) con una vida útil inferior a 5 años: 5 puntos.
— La mejora se implementa mediante bienes inventariables con una vida útil superior
a 5 años: 10 puntos.
d) Los talleres artesanos radicados en Áreas de Interés Artesanal: 10 puntos.
e) E
n el caso de oficios en riesgo de cesación de actividad o sin actividad registrada del
anexo V: 10 puntos.