Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2022040223)
Decreto 149/2022, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas al amparo de los Fondos de NextGenerationEU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 8
Jueves 12 de enero de 2023

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8. A
 portar los fondos necesarios para financiar la inversión en la parte no subvencionada por
la Consejería con competencia en materia de Cultura de la Junta de Extremadura.
9. Disponer de las autorizaciones, permisos y licencias administrativas que resulten necesarias para ejecutar las inversiones con anterioridad al inicio de las mismas.
10. Crear en España todo el empleo necesario para la realización de la actividad según lo estipulado en el artículo 4.7 de las presentes bases.
11. Adoptar las medidas de difusión contenidas en las bases del presente decreto.
12. L
 as entidades beneficiarias deberán cumplir, además, con las siguientes obligaciones,
europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A tal efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
a) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones
subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación.
b) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores,
hitos y objetivos pertinentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
c) Asumen el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de esta subvención y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y de la
Unión Europea.
d) Tienen la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y la adopción de
medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción,
prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
e) Custodiarán y conservarán la documentación del proyecto financiado por el Mecanismos de
Recuperación y Resiliencia de conformidad con la obligación del art 22.2.f) del Reglamento
(UE) n.º 241/2021 los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a la conservación de
los documentos en los plazos y formatos señalados en el artículo 132 del Reglamento (UE,
Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre
las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión: