Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Espacios Escénicos. Ayudas. (2023060039)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023

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Decimoctavo. De la subcontratación de la actividad subvencionada.
Las empresas beneficiarias deberán gestionar y realizar de forma directa los programas subvencionados, no pudiendo ser objeto de subcontratación las actividades que constituyan el
objetivo esencial de los mismos.
Decimonoveno. Publicidad de la subvención.
En toda publicidad que se genere por las inversiones (programación) objeto de ayuda se
adoptarán las medidas de identificación, información y publicidad necesarias en cumplimiento
de lo previsto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión
de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto
77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de
Subvenciones. Se debe colocar una placa, valla o panel informativo en el lugar donde se realicen las actuaciones que constituyan la justificación del otorgamiento de la ayuda, según las
medidas indicadas en el citado decreto, con la mención de que la inversión está financiada en
parte por la Junta de Extremadura.
Deben cumplirse, asimismo, el resto de requisitos establecidos en el citado decreto y deberá
constar en lugar destacado que se trata de una obra o actividad subvencionada por la Junta
de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad
Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
Vigésimo. Obligaciones de los beneficiarios.
1. L
 as empresas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta resolución deberán, con carácter general:
— Cumplir con la programación propuesta de conformidad con los plazos establecidos.
— Justificar la ayuda concedida en los términos, forma y plazos establecidos.
— Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas para la
misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Entes Públicos. Esta
comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
— Cumplir con las obligaciones de publicidad, de conformidad con lo establecido en las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura.
— Facilitar cuantas actuaciones de comprobación se efectúen por la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes en relación a la concesión de esas ayudas. Asimismo, estas ayudas