Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060051)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para un centro de almacenamiento y reciclado de aparatos eléctricos y electrónico, promovida por Cooperativa Limitada Minusbarros, en el término municipal de Zafra (Badajoz).
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NÚMERO 7
3187
Miércoles 11 de enero de 2023
• Los hidrocarburos, una vez extraídos se captarán adecuadamente o almacenarán con
destino a su posible reciclado o valorización.
• El aceite se gestionará correctamente.
8. N
o se prensará, fragmentará ni compactará ningún RAEE que no haya sido sometido previamente al procedimiento de tratamiento específico que le corresponda.
9. E
n el caso que algún RAEE no estuviera contemplado en los procedimientos, el protocolo
de su tratamiento incluirá las medidas de protección medioambiental, de prevención de
riesgos laborales y de salud de los trabajadores que la legislación establezca. Se comunicarán estos protocolos de tratamiento a la DGS junto al resto de información a suministrar
anualmente, de conformidad con el apartado h.31. de la presente resolución.
10. L
os materiales, componentes y sustancias resultantes del tratamiento de RAEE se identificarán y clasificarán en flujos identificables o como partes identificables del mismo, de
manera que puedan contabilizarse y permitan la comprobación de la correcta ejecución
del tratamiento. Las comprobaciones que se prevean realizar para asegurar el correcto
tratamiento de RAEE, se establecerán en el plan de calidad de la instalación.
11. Las fracciones que contienen sustancias, mezclas o componentes peligrosos, no se diluirán
ni mezclarán con otras fracciones o materiales con el propósito de reducir su concentración.
12. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el
apartado a.1. Los residuos recogidos, tras su clasificación y, en su caso, los componentes
obtenidos tras su tratamiento deberán entregarse a un gestor de residuos autorizado al
no haber perdido éstos, en ningún momento, su consideración de residuos.
13. L
a capacidad de almacenamiento de residuos vendrá dada por la superficie dedicada al
almacenamiento de los mismos. Estos almacenamientos cumplirán con lo dispuesto en el
apartado g.3. de la presente resolución.
Se dispone de 792,10 m2 de nave, si se descartan aseos, vestuarios y almacén.
Zona
Superficie, m2
Oficina
25
Zona de recepción y pesaje con báscula
25
Zona de desmontaje
75
3187
Miércoles 11 de enero de 2023
• Los hidrocarburos, una vez extraídos se captarán adecuadamente o almacenarán con
destino a su posible reciclado o valorización.
• El aceite se gestionará correctamente.
8. N
o se prensará, fragmentará ni compactará ningún RAEE que no haya sido sometido previamente al procedimiento de tratamiento específico que le corresponda.
9. E
n el caso que algún RAEE no estuviera contemplado en los procedimientos, el protocolo
de su tratamiento incluirá las medidas de protección medioambiental, de prevención de
riesgos laborales y de salud de los trabajadores que la legislación establezca. Se comunicarán estos protocolos de tratamiento a la DGS junto al resto de información a suministrar
anualmente, de conformidad con el apartado h.31. de la presente resolución.
10. L
os materiales, componentes y sustancias resultantes del tratamiento de RAEE se identificarán y clasificarán en flujos identificables o como partes identificables del mismo, de
manera que puedan contabilizarse y permitan la comprobación de la correcta ejecución
del tratamiento. Las comprobaciones que se prevean realizar para asegurar el correcto
tratamiento de RAEE, se establecerán en el plan de calidad de la instalación.
11. Las fracciones que contienen sustancias, mezclas o componentes peligrosos, no se diluirán
ni mezclarán con otras fracciones o materiales con el propósito de reducir su concentración.
12. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el
apartado a.1. Los residuos recogidos, tras su clasificación y, en su caso, los componentes
obtenidos tras su tratamiento deberán entregarse a un gestor de residuos autorizado al
no haber perdido éstos, en ningún momento, su consideración de residuos.
13. L
a capacidad de almacenamiento de residuos vendrá dada por la superficie dedicada al
almacenamiento de los mismos. Estos almacenamientos cumplirán con lo dispuesto en el
apartado g.3. de la presente resolución.
Se dispone de 792,10 m2 de nave, si se descartan aseos, vestuarios y almacén.
Zona
Superficie, m2
Oficina
25
Zona de recepción y pesaje con báscula
25
Zona de desmontaje
75