Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060026)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cáceres II", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/1634.
58 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
3124
como SNUP-Llanos, el cual permite el desarrollo de proyectos de generación de
energía solar de hasta 5 MW o 10 has. No se encuentra las zonas de implantación
dentro de las áreas de importancia para el cernícalo primilla, cuentan con informe
favorable del órgano ambiental con competencias en Red Natura, etc.) y con una
distancia adecuada con respecto a la subestación.
Se han realizado varios estudios, entre ellos seguimiento y caracterización de aves
esteparias, que indican que la zona, a pesar de incluirse en espacios Red Natura
2000, es compatible para este tipo de proyectos. En una zona potencialmente “más
viable” por el hecho de estar fuera de Red Natura, no es seguridad de que no se den
estos valores de conservación.
SEO-BirdLife indica que existen varias alternativas al proyecto fuera de Red Natura de menor impacto, como una mera suposición, ya que no aporta el estudio de impacto ambiental
que indique que lo que suponen es cierto.
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 13 de septiembre de 2022, desde la DGS se remitió al promotor el resultado de
la información pública y de las consultas recibidas hasta el momento, para su consideración en la redacción de la nueva versión del proyecto y en el EsIA.
En consecuencia, con fecha 14 de diciembre de 2022, el promotor presenta en la DGS solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria de la ISF “FV Cáceres II” y
el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente, se inició el análisis técnico
de impacto ambiental conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. A continuación, se resumen las consideraciones del promotor en
relación con los aspectos ambientales más significativos de los informes y alegaciones
recibidos, que figuran en el apartado B. Para el resto de los informes, manifiesta su conformidad y se compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
— Para dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el informe desfavorable de
la Direccion General de Movilidad e Infraestructuras Viarias, se ha desplazado ligeramente la línea de evacuación a una distancia inferior a 20 m, pero siguiendo en términos
generales el mismo trazado.
Miércoles 11 de enero de 2023
3124
como SNUP-Llanos, el cual permite el desarrollo de proyectos de generación de
energía solar de hasta 5 MW o 10 has. No se encuentra las zonas de implantación
dentro de las áreas de importancia para el cernícalo primilla, cuentan con informe
favorable del órgano ambiental con competencias en Red Natura, etc.) y con una
distancia adecuada con respecto a la subestación.
Se han realizado varios estudios, entre ellos seguimiento y caracterización de aves
esteparias, que indican que la zona, a pesar de incluirse en espacios Red Natura
2000, es compatible para este tipo de proyectos. En una zona potencialmente “más
viable” por el hecho de estar fuera de Red Natura, no es seguridad de que no se den
estos valores de conservación.
SEO-BirdLife indica que existen varias alternativas al proyecto fuera de Red Natura de menor impacto, como una mera suposición, ya que no aporta el estudio de impacto ambiental
que indique que lo que suponen es cierto.
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 13 de septiembre de 2022, desde la DGS se remitió al promotor el resultado de
la información pública y de las consultas recibidas hasta el momento, para su consideración en la redacción de la nueva versión del proyecto y en el EsIA.
En consecuencia, con fecha 14 de diciembre de 2022, el promotor presenta en la DGS solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria de la ISF “FV Cáceres II” y
el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente, se inició el análisis técnico
de impacto ambiental conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. A continuación, se resumen las consideraciones del promotor en
relación con los aspectos ambientales más significativos de los informes y alegaciones
recibidos, que figuran en el apartado B. Para el resto de los informes, manifiesta su conformidad y se compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
— Para dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el informe desfavorable de
la Direccion General de Movilidad e Infraestructuras Viarias, se ha desplazado ligeramente la línea de evacuación a una distancia inferior a 20 m, pero siguiendo en términos
generales el mismo trazado.