Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060015)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cáceres I", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/1633.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023
2591
• En lo que respecta a las captaciones de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales en
cauces, embalses, lago, todos los pozos y sondeos deben estar tapados y vallados,
principalmente para proteger a las personas y los animales de caídas accidentales,
así como para preservar el agua del acuífero de la contaminación. Esta obligación es
aplicable a los que están en uso y los que están fuera de uso. En este último caso se
debe llevar a cabo un sellado definitivo.
• Se ha de evitar, mediante el empleo de señales y barreras, que se acceda a ellos y
que se pueda producir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier
persona ajenas o lagunas, manantiales, charcas, balsas, etc.):
• Si observa la existencia de un pozo o sondeo carente de medidas de seguridad visibles
o que está abandonado, le indicamos, a continuación, algunas medidas a seguir:
–S
eñalice de manera evidente la perforación.
–U
tilice algún sistema de vallado que impida a animales y personas acceder a él.
–P
roceda a tapar la entrada del orificio. La forma más adecuada es mediante una
tapa de hierro con un candado. No se recomienda la utilización de trámex para
evitar que puedan llegar residuos o vertidos al agua.
– Deberá clausurar el pozo: las operaciones a llevar a cabo en los procesos de clausura y sellado son, básicamente, la retirada de elementos ajenos, la desinfección
y el relleno del espacio abierto con materiales que no tengan interacción con el
medio. Se deberá realizar un proyecto de clausura que contenga el nombre del
propietario de la parcela, características geográficas e hidrogeológicas de la captación, características técnicas de la captación y tipo de clausura que se propone
técnicas de la captación y tipo de clausura que se propone.
— Con fecha 7 de julio de 2022, la Dirección General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud estima conveniente que se informe sobre los siguientes aspectos, con el
fin de emitir un resultado del informe desde el punto de vista sanitario:
• Se indicará si existe un análisis de la visibilidad del proyecto y una evaluación sobre
posibles deslumbramientos.
• No se menciona el cumplimiento del Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del
dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas
de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
Martes 10 de enero de 2023
2591
• En lo que respecta a las captaciones de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales en
cauces, embalses, lago, todos los pozos y sondeos deben estar tapados y vallados,
principalmente para proteger a las personas y los animales de caídas accidentales,
así como para preservar el agua del acuífero de la contaminación. Esta obligación es
aplicable a los que están en uso y los que están fuera de uso. En este último caso se
debe llevar a cabo un sellado definitivo.
• Se ha de evitar, mediante el empleo de señales y barreras, que se acceda a ellos y
que se pueda producir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier
persona ajenas o lagunas, manantiales, charcas, balsas, etc.):
• Si observa la existencia de un pozo o sondeo carente de medidas de seguridad visibles
o que está abandonado, le indicamos, a continuación, algunas medidas a seguir:
–S
eñalice de manera evidente la perforación.
–U
tilice algún sistema de vallado que impida a animales y personas acceder a él.
–P
roceda a tapar la entrada del orificio. La forma más adecuada es mediante una
tapa de hierro con un candado. No se recomienda la utilización de trámex para
evitar que puedan llegar residuos o vertidos al agua.
– Deberá clausurar el pozo: las operaciones a llevar a cabo en los procesos de clausura y sellado son, básicamente, la retirada de elementos ajenos, la desinfección
y el relleno del espacio abierto con materiales que no tengan interacción con el
medio. Se deberá realizar un proyecto de clausura que contenga el nombre del
propietario de la parcela, características geográficas e hidrogeológicas de la captación, características técnicas de la captación y tipo de clausura que se propone
técnicas de la captación y tipo de clausura que se propone.
— Con fecha 7 de julio de 2022, la Dirección General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud estima conveniente que se informe sobre los siguientes aspectos, con el
fin de emitir un resultado del informe desde el punto de vista sanitario:
• Se indicará si existe un análisis de la visibilidad del proyecto y una evaluación sobre
posibles deslumbramientos.
• No se menciona el cumplimiento del Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del
dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas
de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.