Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022064280)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Pronat, SC, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023

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el cuadro 1 parte 1I del anexo II que indica los siguientes valores para instalaciones
de combustión con potencia térmica nominal total (MW) de más de 5 MW: NOx: 100
mg/Nm3.


— Decisión 2021/2326 de la Comisión de 30 de noviembre de 2021 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la
Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo para las grandes instalaciones de combustión.

Pronat SC indica que los focos concernientes a las calderas de 6,8 MW deben estar
exentos del condicionado fijado en la Decisión 2021/2326 de la Comisión de 30 de
noviembre de 2021. A la vista de lo establecido en la Decisión 2021/2326 de la
Comisión de 30 de noviembre de 2021, las MTD no se refieren a la combustión de
combustibles en unidades con una potencia térmica nominal inferior a 15 MW, por
tanto a los focos 3 y 4, calderas de 6,8 MW de potencia térmica nominal, no le es de
aplicación la Decisión. Sin embargo, esto no quiere decir que no deba estar sujeta a
la obligatoriedad de dar cumplimiento a las normativas nacionales estudiadas anteriormente.
Por otro lado, Pronat SC alega que su campaña es de 60 días, lo que supone un funcionamiento de 1.440 horas anuales, y por tanto debe acogerse a la exención establecida en la Decisión 2021/2326 de la Comisión de 30 de noviembre de 2021, en lo
relativo al cuadro 25 del apartado relativo a la MTD 44 para el establecimiento de los
valores límites de emisión del NOX en cuanto a que no se apliquen cuando se trata
de instalaciones que funcionan < 1.500 h/año. A este respecto hay que indicar que
la campaña del tomate en Extremadura es de julio a septiembre, dándose campañas
que sobrepasan los 62,5 días mínimos para dar cumplimiento a este requisito. Por
otro lado, en caso de que así fuera, tendría que dar cumplimiento a las normativas
nacionales estudiadas anteriormente coincidiendo los VLE establecidos para este
contaminante, ya que si la Decisión habilita un VLE comprendido entre 50-100 mg/
Nm3 para el NOx, la AAI establece el valor menos restrictivo, haciéndolo coincidir con
el establecido en la normativa nacional.
Pronat SC, al considerar que no lleva a cabo su producción en más de 1500 horas
anuales, solicita la exención del valor de CO. Esta cuestión ha quedado aclarada anteriormente.
Pronat SC, alega que al no determinar la Decisión 2021/2326 de la Comisión de 30
de noviembre de 2021, valores de emisión para las partículas y el SOx en calderas
alimentadas por gas natural, todos los focos quedaran exentos de esta limitación.