Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Ganaderas. (2023040002)
Decreto 163/2022, de 30 de diciembre, por el que se regula la autorización y el Registro de las Explotaciones Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023
2333
CAPÍTULO IV
Procedimientos Administrativos propios de BADIGEX
Artículo 11. Procedimientos administrativos.
Los procedimientos administrativos básicos relacionados con el registro de las explotaciones
ganaderas que podrán llevarse a cabo quedan recogidos en el anexo IV de este decreto, facultando a la Dirección General de Agricultura y Ganadería a la actualización de este anexo
mediante la publicación de la resolución de modificación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es/)
Los distintos procedimientos administrativos que afectan al BADIGEX disponen de documentos
de solicitud normalizados para cada uno de ellos, cuyos formatos se encuentran recogidos en los
distintos anexos de este decreto, aprobados por la autoridad competente en materia de ganadería.
No obstante, en la página web de Agralia de la Junta de Extremadura (http://www.juntaex.es/con03/),
así como en el Portal del Ciudadano (http://ciudadano.gobex.es), estarán disponibles los diferentes
modelos normalizados que podrán ser utilizados para efectuar las solicitudes y comunicaciones establecidas en este decreto.
Artículo 12. Tramitación y resolución de los procedimientos administrativos.
1. En la tramitación de los procedimientos administrativos se estará a lo dispuesto en el título
IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a lo preceptuado en su artículo 29 en lo que a términos
y plazos se refiere.
La presentación de las solicitudes y de la documentación necesaria para la tramitación de
cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 11 de este Decreto, dirigidas al
Servicio de Sanidad Animal, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, se deberá
cumplimentar a través de la aplicación informática ARADO
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login que está dentro del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
o, en nuevas direcciones web actualizadas que se puedan ir habilitando con el fin de mejorar el sistema de comunicaciones telemáticas.
Una vez cumplimentada la solicitud por vía telemática, se deberá disponer de firma electrónica, la cual podrá obtenerse, tanto en la dirección:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 ,
como en la dirección http://www.cert.fnmt.es/ .
Martes 10 de enero de 2023
2333
CAPÍTULO IV
Procedimientos Administrativos propios de BADIGEX
Artículo 11. Procedimientos administrativos.
Los procedimientos administrativos básicos relacionados con el registro de las explotaciones
ganaderas que podrán llevarse a cabo quedan recogidos en el anexo IV de este decreto, facultando a la Dirección General de Agricultura y Ganadería a la actualización de este anexo
mediante la publicación de la resolución de modificación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es/)
Los distintos procedimientos administrativos que afectan al BADIGEX disponen de documentos
de solicitud normalizados para cada uno de ellos, cuyos formatos se encuentran recogidos en los
distintos anexos de este decreto, aprobados por la autoridad competente en materia de ganadería.
No obstante, en la página web de Agralia de la Junta de Extremadura (http://www.juntaex.es/con03/),
así como en el Portal del Ciudadano (http://ciudadano.gobex.es), estarán disponibles los diferentes
modelos normalizados que podrán ser utilizados para efectuar las solicitudes y comunicaciones establecidas en este decreto.
Artículo 12. Tramitación y resolución de los procedimientos administrativos.
1. En la tramitación de los procedimientos administrativos se estará a lo dispuesto en el título
IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a lo preceptuado en su artículo 29 en lo que a términos
y plazos se refiere.
La presentación de las solicitudes y de la documentación necesaria para la tramitación de
cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 11 de este Decreto, dirigidas al
Servicio de Sanidad Animal, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, se deberá
cumplimentar a través de la aplicación informática ARADO
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login que está dentro del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
o, en nuevas direcciones web actualizadas que se puedan ir habilitando con el fin de mejorar el sistema de comunicaciones telemáticas.
Una vez cumplimentada la solicitud por vía telemática, se deberá disponer de firma electrónica, la cual podrá obtenerse, tanto en la dirección:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 ,
como en la dirección http://www.cert.fnmt.es/ .