Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060023)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto urbanización de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el termino municipal de Castilblanco.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
2237
residencias, por lo que normalmente se registran notables incrementos en los
caudales de aguas residuales que se generan en las mismas durante los fines de
semana, respecto al resto de días de la semana; por lo que sería recomendable
disponer inicialmente de varios reactores SBR, ya que tienen un comportamiento
muy adecuado respecto a los notables incrementos de caudales que se produzcan
durante los fines de semana. Esta EDARU inicial posteriormente podría integrarse
en la EDARU definitiva que se construya para tratar los caudales de aguas residuales previstos en las fases I y II del POITEGIO de Elysium City.
Considerando la aplicación de las aguas residuales depuradas al terreno como
tratamiento complementario al sistema de depuración propuesto, se deberá solicitar autorización de vertido, como se expone a continuación.
• Autorización de vertido: La autorización de vertido tendrá como objeto la consecución del buen estado ecológico de las aguas superficiales y buen estado
de las aguas subterráneas, de acuerdo con las normas de calidad, los objetivos ambientales y las características de emisión e inmisión establecidas en el
Reglamento del DPH y en el resto de la normativa en materia de aguas. Especificará las instalaciones de depuración necesarias y los elementos de control
de su funcionamiento, así como los límites cuantitativos y cualitativos que se
impongan a la composición del efluente.
• Competencia para emitir la autorización de vertido: Cuando el vertido se realice en el ámbito de gestión de esta Confederación Hidrográfica, corresponde
a este Organismo de cuenca emitir la citada autorización. Se deberá presentar
solicitud y declaración de vertido, según modelo aprobado que se encuentra a
disposición de los interesados en cualquiera de las sedes de esta CHGn y en la
página web del Ministerio para la Transición Ecológica (www.miteco.gob.es) o
de esta Confederación Hidrográfica (www.chguadiana.es), incluyendo la documentación que en ella se indica.
• Cuando el sistema de depuración se complemente con una infiltración en el
terreno, se deberá presentar estudio hidrogeológico que justifique el poder depurador del suelo y subsuelo, así como la inocuidad del vertido, de forma que
el efluente no altere la calidad de las aguas subterráneas de la zona.
• Sistemas de control de los vertidos de agua residual: Según lo dispuesto en la
Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para
realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos al
Lunes 9 de enero de 2023
2237
residencias, por lo que normalmente se registran notables incrementos en los
caudales de aguas residuales que se generan en las mismas durante los fines de
semana, respecto al resto de días de la semana; por lo que sería recomendable
disponer inicialmente de varios reactores SBR, ya que tienen un comportamiento
muy adecuado respecto a los notables incrementos de caudales que se produzcan
durante los fines de semana. Esta EDARU inicial posteriormente podría integrarse
en la EDARU definitiva que se construya para tratar los caudales de aguas residuales previstos en las fases I y II del POITEGIO de Elysium City.
Considerando la aplicación de las aguas residuales depuradas al terreno como
tratamiento complementario al sistema de depuración propuesto, se deberá solicitar autorización de vertido, como se expone a continuación.
• Autorización de vertido: La autorización de vertido tendrá como objeto la consecución del buen estado ecológico de las aguas superficiales y buen estado
de las aguas subterráneas, de acuerdo con las normas de calidad, los objetivos ambientales y las características de emisión e inmisión establecidas en el
Reglamento del DPH y en el resto de la normativa en materia de aguas. Especificará las instalaciones de depuración necesarias y los elementos de control
de su funcionamiento, así como los límites cuantitativos y cualitativos que se
impongan a la composición del efluente.
• Competencia para emitir la autorización de vertido: Cuando el vertido se realice en el ámbito de gestión de esta Confederación Hidrográfica, corresponde
a este Organismo de cuenca emitir la citada autorización. Se deberá presentar
solicitud y declaración de vertido, según modelo aprobado que se encuentra a
disposición de los interesados en cualquiera de las sedes de esta CHGn y en la
página web del Ministerio para la Transición Ecológica (www.miteco.gob.es) o
de esta Confederación Hidrográfica (www.chguadiana.es), incluyendo la documentación que en ella se indica.
• Cuando el sistema de depuración se complemente con una infiltración en el
terreno, se deberá presentar estudio hidrogeológico que justifique el poder depurador del suelo y subsuelo, así como la inocuidad del vertido, de forma que
el efluente no altere la calidad de las aguas subterráneas de la zona.
• Sistemas de control de los vertidos de agua residual: Según lo dispuesto en la
Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para
realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos al