Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060023)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto urbanización de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el termino municipal de Castilblanco.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
2233
de autorización de la administración hidráulica deberá presentarse antes ésta con
una antelación mínima de un mes. Para las nuevas edificaciones, con carácter previo al inicio de las obras, se deberá disponer, además, del Certificado del Registro
de la Propiedad en el que se acredite que existen anotación registral indicando que
la construcción se encuentra en ZFP o en zona inundable.
La red subterránea de media tensión prevista, tendrá en cuenta lo siguiente: Los
cruces de líneas eléctricas sobre el DPH se tramitarán por el Organismo de cuenca conforme a lo establecido por el artículo 127 del Reglamento del DPH. La documentación técnica a presentar consistirá en una sucinta memoria, especificando
las características esenciales de la línea y en planos de planta y perfil transversal,
en los que queden reflejados el cauce, los apoyos y los cables, acotando la altura
mínima de éstos sobre el nivel de las máximas crecidas ordinarias. El expediente
se tramitará sin información pública.
Los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un
resguardo de 1 metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.
En relación con los viales proyectados en el ámbito de actuación se indica lo siguiente:
De acuerdo con el artículo 34.4 del Plan Hidrológico de la parte española de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn), aprobado por el Real Decreto
1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16, de 19/01/2016), las obras de paso en zona
rural para infraestructuras de baja intensidad de tráfico rodado podrán ser rebasables, siempre y cuando estén constituidas por marcos (cajones prefabricados)
o losas. En el caso de luces menores de 6 m se utilizará, bien un único marco,
bien una única losa biapoyada. Quedan prohibidas las estructuras consistentes
en una batería de tubos en paralelo bajo la calzada. En el diseño de los drenajes
transversales de las vías de comunicación se respetarán en la medida de lo posible las áreas de drenaje naturales y deberán adoptarse las medidas necesarias
para limitar el incremento de riesgo de inundación que pueda derivarse.
Todas las actuaciones asociadas a la construcción y funcionamiento de estas infraestructuras deben garantizar el mantenimiento del régimen de caudales de los
cauces afectados. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos que
garanticen la continuidad de los caudales circulantes y el correcto funcionamiento
hidrológico-hidráulico, con una serie de premisas que se recogen entre las medidas a aplicar en el desarrollo del proyecto.
Lunes 9 de enero de 2023
2233
de autorización de la administración hidráulica deberá presentarse antes ésta con
una antelación mínima de un mes. Para las nuevas edificaciones, con carácter previo al inicio de las obras, se deberá disponer, además, del Certificado del Registro
de la Propiedad en el que se acredite que existen anotación registral indicando que
la construcción se encuentra en ZFP o en zona inundable.
La red subterránea de media tensión prevista, tendrá en cuenta lo siguiente: Los
cruces de líneas eléctricas sobre el DPH se tramitarán por el Organismo de cuenca conforme a lo establecido por el artículo 127 del Reglamento del DPH. La documentación técnica a presentar consistirá en una sucinta memoria, especificando
las características esenciales de la línea y en planos de planta y perfil transversal,
en los que queden reflejados el cauce, los apoyos y los cables, acotando la altura
mínima de éstos sobre el nivel de las máximas crecidas ordinarias. El expediente
se tramitará sin información pública.
Los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un
resguardo de 1 metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.
En relación con los viales proyectados en el ámbito de actuación se indica lo siguiente:
De acuerdo con el artículo 34.4 del Plan Hidrológico de la parte española de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn), aprobado por el Real Decreto
1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16, de 19/01/2016), las obras de paso en zona
rural para infraestructuras de baja intensidad de tráfico rodado podrán ser rebasables, siempre y cuando estén constituidas por marcos (cajones prefabricados)
o losas. En el caso de luces menores de 6 m se utilizará, bien un único marco,
bien una única losa biapoyada. Quedan prohibidas las estructuras consistentes
en una batería de tubos en paralelo bajo la calzada. En el diseño de los drenajes
transversales de las vías de comunicación se respetarán en la medida de lo posible las áreas de drenaje naturales y deberán adoptarse las medidas necesarias
para limitar el incremento de riesgo de inundación que pueda derivarse.
Todas las actuaciones asociadas a la construcción y funcionamiento de estas infraestructuras deben garantizar el mantenimiento del régimen de caudales de los
cauces afectados. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos que
garanticen la continuidad de los caudales circulantes y el correcto funcionamiento
hidrológico-hidráulico, con una serie de premisas que se recogen entre las medidas a aplicar en el desarrollo del proyecto.