Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060024)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el término municipal de Castillblanco.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
2136
al interesado la pertinente concesión del volumen anual de agua que se justifique adecuadamente al amparo de lo establecido en el texto de la Ley de Aguas, el Reglamento de
Dominio Público Hidráulico y el tercer ciclo del Plan Hidrológico de la parte española de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana. Según los cálculos aportados por el promotor se
estima un consumo de agua total en el año horizonte de 9.342.058 m3/año.
2. R
edes de Saneamiento, depuración y vertido.
Las aguas residuales generadas en el ámbito del POITEGIO requerirán la ejecución de una
nueva obra de estación depuradora de aguas residuales y conducciones. Según el informe
emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, “…con objeto de no comprometer
la consecución del objetivo medioambiental de alcanzar el buen estado de la masa de agua
superficial “embalse de García de Sola”, o de evitar su deterioro en caso de que se hubiese
alcanzado el buen estado se considera necesario diseñar la EDARU de forma que permita
a su efluente cumplir en todo instante con los siguientes valores de emisión, previamente
a su vertido en este embalse: 20mg/l de DBO5, 100 mg/l de DQO, 25 mg/l de sólidos en
suspensión, 3mg/l de amonio, 10 mg/l de nitrógeno total y 1 mg/l de fósforo total” .
A pesar de las indicaciones realizadas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre las características del efluente de la EDAR, se ha comprobado que en la información recogida en el Estudio Ambiental Estratégico acerca de la EDAR prevista no se cumplirían los
valores fijados por el Organismo de Cuenca, indicándose en varias ocasiones a lo largo del
documento que para el agua tratada obtendrán las siguientes valores: 25 mg/l de DBO5,
125 mg/l DQO, 35 mg/l de sólidos en suspensión, 15 mg/l de nitrógeno total, 2 mg/l de
fósforo total y pH superior a 6, por que se podría comprometer la consecución del objetivo
medioambiental de alcanzar el buen estado de la masa de agua superficial “Embalse de
García de Sola”.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana también indico la necesidad de que una de las
líneas de tratamiento de aguas residuales en la fase 1, se module de forma que permita
aplicar un tratamiento adecuado a los caudales de aguas residuales que se generen durante el periodo de transición que transcurra entre el inicio del desarrollo del POITEGIO y el
alcance del escenario previsto para la citada fase 1.
Se contempla la reutilización de las aguas residuales depuradas para riego, lo que estaría
supeditado a las condiciones impuestas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana
para garantizar que no generan efectos ambientales negativos sobre la calidad de las
aguas y del suelo.
Las conducciones de aguas de la zona urbanizada a los puntos de vertido y abastecimiento
Lunes 9 de enero de 2023
2136
al interesado la pertinente concesión del volumen anual de agua que se justifique adecuadamente al amparo de lo establecido en el texto de la Ley de Aguas, el Reglamento de
Dominio Público Hidráulico y el tercer ciclo del Plan Hidrológico de la parte española de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana. Según los cálculos aportados por el promotor se
estima un consumo de agua total en el año horizonte de 9.342.058 m3/año.
2. R
edes de Saneamiento, depuración y vertido.
Las aguas residuales generadas en el ámbito del POITEGIO requerirán la ejecución de una
nueva obra de estación depuradora de aguas residuales y conducciones. Según el informe
emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, “…con objeto de no comprometer
la consecución del objetivo medioambiental de alcanzar el buen estado de la masa de agua
superficial “embalse de García de Sola”, o de evitar su deterioro en caso de que se hubiese
alcanzado el buen estado se considera necesario diseñar la EDARU de forma que permita
a su efluente cumplir en todo instante con los siguientes valores de emisión, previamente
a su vertido en este embalse: 20mg/l de DBO5, 100 mg/l de DQO, 25 mg/l de sólidos en
suspensión, 3mg/l de amonio, 10 mg/l de nitrógeno total y 1 mg/l de fósforo total” .
A pesar de las indicaciones realizadas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre las características del efluente de la EDAR, se ha comprobado que en la información recogida en el Estudio Ambiental Estratégico acerca de la EDAR prevista no se cumplirían los
valores fijados por el Organismo de Cuenca, indicándose en varias ocasiones a lo largo del
documento que para el agua tratada obtendrán las siguientes valores: 25 mg/l de DBO5,
125 mg/l DQO, 35 mg/l de sólidos en suspensión, 15 mg/l de nitrógeno total, 2 mg/l de
fósforo total y pH superior a 6, por que se podría comprometer la consecución del objetivo
medioambiental de alcanzar el buen estado de la masa de agua superficial “Embalse de
García de Sola”.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana también indico la necesidad de que una de las
líneas de tratamiento de aguas residuales en la fase 1, se module de forma que permita
aplicar un tratamiento adecuado a los caudales de aguas residuales que se generen durante el periodo de transición que transcurra entre el inicio del desarrollo del POITEGIO y el
alcance del escenario previsto para la citada fase 1.
Se contempla la reutilización de las aguas residuales depuradas para riego, lo que estaría
supeditado a las condiciones impuestas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana
para garantizar que no generan efectos ambientales negativos sobre la calidad de las
aguas y del suelo.
Las conducciones de aguas de la zona urbanizada a los puntos de vertido y abastecimiento