Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060024)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el término municipal de Castillblanco.
166 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
2123
en la gestión de este espacio de Red Natura 2000, no tiene previsto aumentar sus
recursos de vigilancia, control y gestión del mismo, en relación al notable incremento
previsto en el uso público asociado a este proyecto. Señala que el proyecto no incluye
medidas para garantizar que, en su fase de explotación, el ocio vinculado a sus instalaciones no produzca impactos críticos por accesos no autorizados a zonas sensibles
de la ZEPA Puerto Peña y Sierra de los Golondrinos, incluso si se hubieran señalizado.
A juicio de SEO/Birdlife el promotor debe reforzar de forma suficiente los medios y
recursos adecuados para hacer frente al control de un uso público intensificado de
forma notable por sus instalaciones, evitando solo gracias a este control que el mismo
pueda producir impactos en las zonas sensibles del espacio natural.
Por lo anterior solicita que el órgano ambiental obligue al promotor a evaluar de forma
rigurosa los impactos sobre la Red Natura y a incluir medidas que garanticen su corrección, suficiente mitigación y/o compensación, no pudiendo autorizar el proyecto sin tener
la seguridad de que el mismo no producirá impactos significativos sobre la Red Natura
2000 y sus objetivos de conservación. Asimismo, solicita que se considere a SEO/Birdlife
parte interesada a los efectos de notificación de la Declaración de Impacto Ambiental y la
resolución relativa a la autorización del proyecto. Finalmente solicita ejercer el Derecho de
Acceso a la Información en materia medioambiental, según lo previsto en la Ley 27/2006,
de 18 de julio, y solicitan la remisión de todos los nuevos documentos e informes que puedan incorporarse al expediente después de la presente fase de información pública.
e) Previsión de los efectos significativos del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio “Elysium” sobre el medio ambiente.
Los efectos significativos más relevantes que se derivan del establecimiento del Plan de
Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio “Elysium”
son analizados a continuación, en función de los factores ambientales.
Suelo.
En el área objeto de estudio, según la clasificación de suelos de la FAO, los suelos afectados se identifican como regosoles eútricos, suelos de evolución mínima, bien por su
juventud o por su lento proceso de formación por elevada sequedad. En el área sujeta
a reclasificación se ocasionará la pérdida de dichos suelos. Es probable la generación de
procesos erosivos en las áreas afectadas. Por otra parte, no es previsible que el cambio de
clasificación del suelo afecte a las características del subsuelo.
En cuanto a los usos desarrollados actualmente en el interior del perímetro de la zona
de estudio, el uso principal es el ganadero y como vegetación resultante predominan los
Lunes 9 de enero de 2023
2123
en la gestión de este espacio de Red Natura 2000, no tiene previsto aumentar sus
recursos de vigilancia, control y gestión del mismo, en relación al notable incremento
previsto en el uso público asociado a este proyecto. Señala que el proyecto no incluye
medidas para garantizar que, en su fase de explotación, el ocio vinculado a sus instalaciones no produzca impactos críticos por accesos no autorizados a zonas sensibles
de la ZEPA Puerto Peña y Sierra de los Golondrinos, incluso si se hubieran señalizado.
A juicio de SEO/Birdlife el promotor debe reforzar de forma suficiente los medios y
recursos adecuados para hacer frente al control de un uso público intensificado de
forma notable por sus instalaciones, evitando solo gracias a este control que el mismo
pueda producir impactos en las zonas sensibles del espacio natural.
Por lo anterior solicita que el órgano ambiental obligue al promotor a evaluar de forma
rigurosa los impactos sobre la Red Natura y a incluir medidas que garanticen su corrección, suficiente mitigación y/o compensación, no pudiendo autorizar el proyecto sin tener
la seguridad de que el mismo no producirá impactos significativos sobre la Red Natura
2000 y sus objetivos de conservación. Asimismo, solicita que se considere a SEO/Birdlife
parte interesada a los efectos de notificación de la Declaración de Impacto Ambiental y la
resolución relativa a la autorización del proyecto. Finalmente solicita ejercer el Derecho de
Acceso a la Información en materia medioambiental, según lo previsto en la Ley 27/2006,
de 18 de julio, y solicitan la remisión de todos los nuevos documentos e informes que puedan incorporarse al expediente después de la presente fase de información pública.
e) Previsión de los efectos significativos del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio “Elysium” sobre el medio ambiente.
Los efectos significativos más relevantes que se derivan del establecimiento del Plan de
Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio “Elysium”
son analizados a continuación, en función de los factores ambientales.
Suelo.
En el área objeto de estudio, según la clasificación de suelos de la FAO, los suelos afectados se identifican como regosoles eútricos, suelos de evolución mínima, bien por su
juventud o por su lento proceso de formación por elevada sequedad. En el área sujeta
a reclasificación se ocasionará la pérdida de dichos suelos. Es probable la generación de
procesos erosivos en las áreas afectadas. Por otra parte, no es previsible que el cambio de
clasificación del suelo afecte a las características del subsuelo.
En cuanto a los usos desarrollados actualmente en el interior del perímetro de la zona
de estudio, el uso principal es el ganadero y como vegetación resultante predominan los