Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Grandes Instalaciones De Ocio. (2023040001)
Decreto 162/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (POITEGIO), incluido el proyecto de urbanización, al amparo del Decreto 78/2020, de 23 de diciembre, por el que se califica como «Gran Instalación de Ocio» a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation, SAU el 9 de agosto de 2019.
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NÚMERO 5

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Lunes 9 de enero de 2023

Finalmente, el 16 de diciembre de 2022 se remitió a la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, del Ministerios de Asuntos
Económicos y Transformación Digital nueva documentación aportada por la Promotora.
En concreto, la documentación aportada por la Promotora es la siguiente:
• Documento: Parte E: NORMAS URBANÍSTICAS.
Las modificaciones introducidas van dirigidas a atender la siguiente observación, dado que las
demás indicadas en el Informe de 14 de marzo de 2022 habían sido resueltas con carácter
satisfactorio, tal y como se indicaba en el informe de 24 de abril de 2022: “e) Obligación de
la obtención de licencia municipal para la instalación, puesta en servicio o funcionamiento de
infraestructuras de telecomunicación”.
Con esto se entiende cumplido por el instructor lo indicado por la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, del Ministerios de
Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Con fecha 30 de diciembre de 2022 se dictó propuesta de resolución por el órgano instructor
del procedimiento.
II
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo la 35 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se expone
a continuación sucinta referencia de los fundamentos que sustentan el presente decreto.
I. En primer lugar, el órgano instructor procede en su propuesta de resolución al análisis de
las alegaciones presentadas:
A/ Alegaciones formuladas por las Organizaciones Ecologistas.
Se plantean en los escritos presentados por las Organizaciones Ecologistas aludidos en los
antecedentes de hecho antes referenciados algunas cuestiones de forma y otras de fondo
en materia medioambiental. Consideraciones que han quedado suficientemente esclarecidas para el Instructor con las manifestaciones y datos que se han incorporado al expediente con posterioridad por la empresa promotora y por los distintos órganos informantes.
A mayor abundamiento, se ponen de manifiesto por el instructor los argumentos que se
indican a continuación:


1. A
 spectos formales.