Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2022040213)
Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 1
Lunes 2 de enero de 2023

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ello en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, e irá dirigida a la Secretaría General de Economía y Comercio.
Los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI
electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
9. Financiación de las ayudas.
La cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 350.000 euros, El coste
de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14.003 341A 770.00 y proyecto
de gasto 20230036 denominado “Ayudas de impulso internacionalización y transformación
digi­tal”.
Para ello, se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto en la regla 69 de la
Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para
la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos del ejercicio 2023.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 20212027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
dentro del Objetivo Político 1: “Mejorar la competitividad de las PYME”, Prioridad de Inversión:
1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento
sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran una cofinanciadas en un 85 % por
parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
10. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efecto el mismo día de su publicación, junto con el extracto
de la misma previsto en el artículo 20.8 a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es y contra la misma,
que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 103.1 a) de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de