Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2022040213)
Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 1
Lunes 2 de enero de 2023



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— Pagos realizados mediante tarjeta de titularidad de la entidad beneficiaria: copia del
recibo mensual de la tarjeta o copia del extracto bancario donde se pueda verificar
el movimiento efectuado.



— Pagos realizados mediante confirming: contrato del cliente (beneficiario) con la entidad financiera, pago del cliente (beneficiario) a la entidad financiera y pago de la
entidad financiera al proveedor.



— Pagos realizados mediante factoring: contrato entre proveedor (acreedor) y la empresa de factoring, justificante de ingreso en la cuenta del acreedor, del importe
acordado en el contrato anterior, notificación de cesión de la deuda al deudor (empresa beneficiaria), justificante de pago del beneficiario a la entidad financiera del
importe de la cesión.



— Otros medios de pago: podrá ser requerida la documentación adicional que se considere imprescindible para la correcta justificación del mismo.

b) Sólo se admitirán cheques y pagarés emitidos a nombre del proveedor emisor de la factura si los mismos están vencidos y cargados en cuenta antes del fin del plazo máximo
de justificación.
c) No serán admitidos los pagos en metálico, ni los realizados por compensación, ni pagos
mediante tarjeta de titularidad distinta de la entidad beneficiaria.
Cuando alguno de los documentos justificativos esté redactado en una lengua distinta a una
lengua oficial en la Unión Europea, el beneficiario tendrá que aportar la traducción de su contenido realizada por intérprete jurado.
Además de la documentación justificativa de la inversión señalada en los puntos anteriores, se
deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en materia de información y publicidad por el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre actividades de información y publicidad
que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, en los programas cofinanciados por FEDER.
La documentación exigida deberá presentarse, de forma telemática, a través del Registro
Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf , así como a través de cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4. a. de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo