Universidad De Extremadura. Enseñanza Universitaria. (2022064232)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa Reguladora de los Estudios Propios de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67915
2. E
stán dirigidas a estudiantes con y sin titulación universitaria, profesionales y, en general,
a cualquier persona que requiera esta formación.
3. E
stos cursos no precisarán requisitos mínimos de titulación, salvo que la dirección del curso
vea necesario establecer algún requisito y/o preferencias adicionales de acceso.
4. E
n función de su carga lectiva, características y certificación resultantes, se contemplan los
siguientes tipos:
— Certificado de Formación Específica: con una carga lectiva de entre 3 y 30 créditos.
— Diploma de Formación Superior: con una carga lectiva superior a 30 créditos.
5. L
os cursos abiertos masivos online (Massive Open Online Course, MOOC) y otras modalidades de educación abierta de la UEx podrán estructurarse de manera que constituyan un
curso de formación específica a partir de ellos, siempre que articulen itinerarios formativos
de, al menos, tres cursos de este tipo, con un mínimo de 6 ECTS en total.
Artículo 9. Enseñanzas propias que requieren o no titulación universitaria previa.
1. L
os micromódulos son enseñanzas propias con una carga lectiva de menos de 15 créditos
con o sin requisitos previos de titulación y orientados a adquirir competencias y habilidades
específicas.
2. C
ada micromódulo se reconocerá mediante una microcredencial, que se puede expedir en
forma de certificado de la competencia adquirida.
CAPÍTULO II. CARACTERÍSTICAS GENERALES
Artículo 10. Equivalencia en créditos.
1. L
as enseñanzas propias de la UEx utilizarán como unidad de medida el crédito ECTS. En
todas las modalidades de estudios propios cada crédito ECTS corresponde a 25 horas de
dedicación del estudiante a actividades de enseñanza-aprendizaje, incluyendo en ellas la
asistencia a clases teóricas o prácticas, tutorías, actividades dirigidas, estudio, preparación
de trabajos, prácticas o proyectos, preparación de exámenes y pruebas de evaluación.
2. L
a carga lectiva de los distintos programas formativos se establecerá en función de las horas de trabajo del alumno, teniendo en cuenta una dedicación máxima de 8 horas diarias
para el estudiante.
3. P
or cada crédito ECTS el alumno recibirá 10 horas de dedicación docente, ya sea síncrona
o asíncrona, dedicando las 15 horas restantes a trabajo programado del estudiante. En el
Viernes 30 de diciembre de 2022
67915
2. E
stán dirigidas a estudiantes con y sin titulación universitaria, profesionales y, en general,
a cualquier persona que requiera esta formación.
3. E
stos cursos no precisarán requisitos mínimos de titulación, salvo que la dirección del curso
vea necesario establecer algún requisito y/o preferencias adicionales de acceso.
4. E
n función de su carga lectiva, características y certificación resultantes, se contemplan los
siguientes tipos:
— Certificado de Formación Específica: con una carga lectiva de entre 3 y 30 créditos.
— Diploma de Formación Superior: con una carga lectiva superior a 30 créditos.
5. L
os cursos abiertos masivos online (Massive Open Online Course, MOOC) y otras modalidades de educación abierta de la UEx podrán estructurarse de manera que constituyan un
curso de formación específica a partir de ellos, siempre que articulen itinerarios formativos
de, al menos, tres cursos de este tipo, con un mínimo de 6 ECTS en total.
Artículo 9. Enseñanzas propias que requieren o no titulación universitaria previa.
1. L
os micromódulos son enseñanzas propias con una carga lectiva de menos de 15 créditos
con o sin requisitos previos de titulación y orientados a adquirir competencias y habilidades
específicas.
2. C
ada micromódulo se reconocerá mediante una microcredencial, que se puede expedir en
forma de certificado de la competencia adquirida.
CAPÍTULO II. CARACTERÍSTICAS GENERALES
Artículo 10. Equivalencia en créditos.
1. L
as enseñanzas propias de la UEx utilizarán como unidad de medida el crédito ECTS. En
todas las modalidades de estudios propios cada crédito ECTS corresponde a 25 horas de
dedicación del estudiante a actividades de enseñanza-aprendizaje, incluyendo en ellas la
asistencia a clases teóricas o prácticas, tutorías, actividades dirigidas, estudio, preparación
de trabajos, prácticas o proyectos, preparación de exámenes y pruebas de evaluación.
2. L
a carga lectiva de los distintos programas formativos se establecerá en función de las horas de trabajo del alumno, teniendo en cuenta una dedicación máxima de 8 horas diarias
para el estudiante.
3. P
or cada crédito ECTS el alumno recibirá 10 horas de dedicación docente, ya sea síncrona
o asíncrona, dedicando las 15 horas restantes a trabajo programado del estudiante. En el