Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063980)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones del Programa II: Acompañamiento y Asesoramiento del Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula el Programa "Un Autónomo-Un Empleo".
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NÚMERO 249
67900
Viernes 30 de diciembre de 2022
rante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, o a 100.000,00 euros cuando la empresa
opere en el sector del transporte por carretera.
Décimo sexto. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación, junto con el
extracto de la misma en el diario oficial de Extremadura, conforme al artículo 20.8 a) de la ley
38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el diario oficial de Extremadura, y
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso administrativo
ante el Tribunal superior de justicia de Extremadura, a interponer en el plazo de dos meses
desde el día siguiente a la fecha de publicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 46
de la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, y en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Mérida, 23 de diciembre de 2022.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.
DOE núm. 214 de 5 de noviembre de 2020).
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
VICTOR MANUEL GARCIA VEGA
67900
Viernes 30 de diciembre de 2022
rante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, o a 100.000,00 euros cuando la empresa
opere en el sector del transporte por carretera.
Décimo sexto. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación, junto con el
extracto de la misma en el diario oficial de Extremadura, conforme al artículo 20.8 a) de la ley
38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el diario oficial de Extremadura, y
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso administrativo
ante el Tribunal superior de justicia de Extremadura, a interponer en el plazo de dos meses
desde el día siguiente a la fecha de publicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 46
de la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, y en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Mérida, 23 de diciembre de 2022.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.
DOE núm. 214 de 5 de noviembre de 2020).
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
VICTOR MANUEL GARCIA VEGA