Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 249

67612

Viernes 30 de diciembre de 2022

dicción Contencioso-administrativa o, potestativamente, y en virtud de lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el mismo órgano que
lo dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Disposición final primera. Régimen jurídico aplicable.
Las ayudas a las que se refiere este decreto se regularán, además de por lo dispuesto en esta
norma, por las previsiones establecidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, normativa de desarrollo y por los preceptos
básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
Asimismo, resultan aplicables a estas ayudas el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo,
de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la
Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la
Unión Europea sobre la materia y estatales de desarrollo o trasposición de aquellas.
La gestión y operativa de tramitación electrónica de este procedimiento de concesión de ayudas se ajustará en todo caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento
General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 30 de noviembre de 2022.
El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital

El Presidente de la Junta de
Extremadura

RAFAEL ESPAÑA SANTAMARIA

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA