Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

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mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación
medioambiental pertinente de la UE y nacional.
El acuerdo, aplicando los mismos criterios de reparto que en la distribución del crédito en
las distintas comunidades y ciudades autónomas, establece para Extremadura un número
mínimo para los dos años de ejecución de 6 pymes o asociaciones empresariales del sector
comercial deben haber recibido subvenciones del Fondo Tecnológico.
El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará de oficio, mediante convocatoria
aprobada por decreto de Consejo de Gobierno, tramitándose en régimen de concesión directa
dado que los proyectos subvencionables no están sujetos a plazos o limitaciones temporales
puesto que son susceptibles de desarrollarse durante todo el año, de forma que establecer un
plazo limitado para la presentación de solicitudes restringiría el acceso de muchas empresas
del sector comercio a las ayudas, no permitiendo cumplir con la finalidad de las ayudas.
La resolución se ajustará a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha convocatoria deberá ser
publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto-Ley 3/2021, de
3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de
las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de las mismas. En estos casos, las bases reguladoras se aprobarán por decreto del
Consejo de Gobierno y el procedimiento se tramitará por vía de urgencia.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo
90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía,
Ciencia y Agenda Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha
30 de noviembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. E
 l presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transfor-