Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67586
en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora admitidos, así
como un sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido. En caso
de personas físicas también podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la
sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación incorporados al Documento Nacional de Identidad, así como podrán actuar electrónicamente
mediante el uso de un sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de
Identidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y 35, del Decreto 225/2014, de 14
de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta de Extremadura.
Por ello, para el proceso de presentación de las solicitudes, los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
8. E
n este procedimiento, las personas físicas del sector comercio quedan obligadas relacionarse electrónicamente con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que reglamentariamente, las Administraciones pueden
establecer la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos para determinados
procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad
económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, queda acreditado que tienen
acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Artículo 11. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. L
as solicitudes de subvención se presentarán en la forma y plazo establecidos en la respectiva convocatoria conforme al modelo de solicitud y junto a la documentación que en ella
se relacione. El plazo de presentación no podrá ser inferior a un mes.
2. Los interesados podrán presentar solicitudes a partir del día siguiente al que se publique la correspondiente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es . De
conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el plazo máximo de vigencia de ésta, a los efectos de
presentación de solicitudes, no podrá exceder de un año.
Viernes 30 de diciembre de 2022
67586
en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora admitidos, así
como un sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido. En caso
de personas físicas también podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la
sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación incorporados al Documento Nacional de Identidad, así como podrán actuar electrónicamente
mediante el uso de un sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de
Identidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y 35, del Decreto 225/2014, de 14
de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta de Extremadura.
Por ello, para el proceso de presentación de las solicitudes, los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
8. E
n este procedimiento, las personas físicas del sector comercio quedan obligadas relacionarse electrónicamente con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que reglamentariamente, las Administraciones pueden
establecer la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos para determinados
procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad
económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, queda acreditado que tienen
acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Artículo 11. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. L
as solicitudes de subvención se presentarán en la forma y plazo establecidos en la respectiva convocatoria conforme al modelo de solicitud y junto a la documentación que en ella
se relacione. El plazo de presentación no podrá ser inferior a un mes.
2. Los interesados podrán presentar solicitudes a partir del día siguiente al que se publique la correspondiente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es . De
conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el plazo máximo de vigencia de ésta, a los efectos de
presentación de solicitudes, no podrá exceder de un año.