Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022040212)
Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67584
i) Facturas proforma o presupuestos de las inversiones para las que se solicita la subvención. Factura en firme o definitiva en el caso de proyectos finalizados en el momento de
la solicitud de la ayuda, siempre que la convocatoria lo permita.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que en los supuestos
de costes por ejecución de obras, de suministros de bienes de equipo o de prestación
de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica se establezcan en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la
contracción del compromiso para la prestación del servicio, ejecución de las obras o
entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o
presten. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de
eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección
cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. A tal efecto, en el caso
en el que una misma empresa presente varias solicitudes por distintos establecimientos, el límite de ayuda establecido en el artículo 8 del presente decreto se aplicará por
establecimiento pero se computará de forma global el importe de las facturas proforma
o presupuestos relativos a los distintos establecimientos, para ver si procede la presentación de tres ofertas de diferentes proveedores.
j) En el caso de empresas de nueva de creación o de nuevos establecimientos, compromiso
de aportar el Alta en el Censo de Actividades Económicas (Declaración censal modelo
036) indicándose el epígrafe en el que lo harán. Para ello, el solicitante deberá presentar la declaración responsable sobre la actividad económica del establecimiento que se
incluye dentro del modelo de solicitud (anexo I).
k) Acreditación de la condición de PYME, tanto de la propia empresa como, en su caso, de
las empresas asociadas o vinculadas a ésta, mediante la aportación de la declaración
responsable que figura como anexo II.
l) Acreditación de los requisitos para ser beneficiario en el caso de que se solicite la línea
de ayudas para asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio, según
el modelo establecido en el anexo III.
m) Declaración firmada de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluida en
el anexo IX.
n) D
eclaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos o
Viernes 30 de diciembre de 2022
67584
i) Facturas proforma o presupuestos de las inversiones para las que se solicita la subvención. Factura en firme o definitiva en el caso de proyectos finalizados en el momento de
la solicitud de la ayuda, siempre que la convocatoria lo permita.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que en los supuestos
de costes por ejecución de obras, de suministros de bienes de equipo o de prestación
de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica se establezcan en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la
contracción del compromiso para la prestación del servicio, ejecución de las obras o
entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o
presten. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de
eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección
cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. A tal efecto, en el caso
en el que una misma empresa presente varias solicitudes por distintos establecimientos, el límite de ayuda establecido en el artículo 8 del presente decreto se aplicará por
establecimiento pero se computará de forma global el importe de las facturas proforma
o presupuestos relativos a los distintos establecimientos, para ver si procede la presentación de tres ofertas de diferentes proveedores.
j) En el caso de empresas de nueva de creación o de nuevos establecimientos, compromiso
de aportar el Alta en el Censo de Actividades Económicas (Declaración censal modelo
036) indicándose el epígrafe en el que lo harán. Para ello, el solicitante deberá presentar la declaración responsable sobre la actividad económica del establecimiento que se
incluye dentro del modelo de solicitud (anexo I).
k) Acreditación de la condición de PYME, tanto de la propia empresa como, en su caso, de
las empresas asociadas o vinculadas a ésta, mediante la aportación de la declaración
responsable que figura como anexo II.
l) Acreditación de los requisitos para ser beneficiario en el caso de que se solicite la línea
de ayudas para asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio, según
el modelo establecido en el anexo III.
m) Declaración firmada de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluida en
el anexo IX.
n) D
eclaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos o