Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2022040219)
Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a Proyectos en la temática del Almacenamiento Energético.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022

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13) Nivel de Madurez Tecnológica (Technology Readiness Level-TRL): niveles internacionalmente usados en el sector industrial para delimitar el grado de madurez de una tecnología. Los niveles TRL 2, 3 y 4 se corresponden con la investigación industrial, mientras los
niveles TRL 5, 6, 7 con el desarrollo experimental. Se establece la siguiente clasificación:


— TRL 1: Investigación básica.



— TRL 2: Formulación de la tecnología.



— TRL 3: Investigación aplicada. Prueba de concepto.



— TRL 4: Desarrollo a pequeña escala (laboratorio).



— TRL 5: Desarrollo a escala real.



— TRL 6: Sistema/prototipo validado en entorno simulado.



— TRL 7: Sistema/prototipo validado en entorno real.



— TRL 8: Primer sistema/prototipo comercial.



— TRL 9: Aplicación comercial.

14) Estudio de viabilidad: evaluación y análisis del potencial de un proyecto con el objetivo
de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y racional descubriendo
sus puntos fuertes y débiles, sus oportunidades y amenazas, así como determinar los
recursos necesarios para llevarlo a cabo y en última instancia sus perspectivas de éxito.
15) Inversión proyectada: inversión planificada presupuestada en el proyecto por la agrupación solicitante.
16) Inversión subvencionable: la parte de inversión proyectada que se corresponde con los
costes subvencionables.
17) Inversión a justificar: Coste del proyecto recogido en la resolución de concesión y que determina el cumplimiento total de la obligación de gasto que asume la entidad beneficiaria
con la concesión de la ayuda.
18) Costes marginales. Aquellos costes que se originen exclusiva y directamente por el desarrollo de las actividades correspondientes a la realización de las actuaciones solicitadas
incluyendo los costes de adquisición de material inventariable, con excepción de los costes del personal propio y de los de amortización del inmovilizado material adquirido con
fondos públicos.