Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2022040219)
Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a Proyectos en la temática del Almacenamiento Energético.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022



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viii) Memoria científico-técnica de las actuaciones realizadas en el proyecto, confrontando lo realizado con lo proyectado conforme a la memoria y cronograma presentados en la fase de solicitud de la ayuda y que sirvió de base para la aprobación
del proyecto. Deberá contener una descripción adecuada de los trabajos y pruebas
realizadas, de los resultados que se han obtenido y del cumplimiento de los objetivos que se plantearon inicialmente en la memoria. Asimismo, se incorporarán los
informes evacuados por entidades que hayan participado como consultoras técnicas y/o como subcontratistas.



ix) Memoria económica, cuenta justificativa sobre gastos y pagos imputados al proyecto, tres presupuestos para gastos a los que se refiere el artículo 6.3 del presente
decreto y archivo electrónico compresivo de documentación de gastos y pagos, en
las mismas condiciones exigidas para la justificación parcial en los subapartados iv),
v), vi) y vii) del apartado 2 del artículo anterior. La información de esta memoria y
cuentas justificativas podrán estar referidos a la totalidad del proyecto o al periodo
no comprendido en la justificación parcial.



x) Copia del Título académico del personal contratado para el proyecto con posterioridad a la resolución de concesión, salvo que el órgano gestor pueda recabarlo de oficio porque su titular no haya manifestado oposición expresa a través del formulario
creado a estos efectos, o que se hubiera aportado en la justificación parcial.



xi) Certificado de situación censal de cada una de las entidades de la agrupación, cuando no se hubiera dispuesto del mismo a la fecha de solicitud.



xii) Copia, en formato electrónico (pdf u otro), del Libro de Registro de Socios (para sociedades limitadas o sociedades cooperativas), o del Libro de Registro de Acciones
Nominativas (en caso de sociedades anónimas que tengan su capital social divido
en acciones de este tipo). En el caso de Centros Tecnológicos privados se presentará certificación del representante legal sobre la relación de asociados.

2. T
 oda la documentación original justificativa de los gastos realizados deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado y la financiación mediante
Fondos FEDER.
3. Todo gasto imputado al proyecto se abonará necesariamente a través de entidad financiera.
4. L
 a inversión que debe realizar y justificar cada entidad de la agrupación beneficiaria para
que se considere que ha cumplido con las obligaciones de la ayuda será la que se haya
indicado en la resolución de concesión o en la resolución que en su caso la modifique,
aunque dicha inversión sea superior a la inversión subvencionable que se haya tenido en
consideración para calcular la subvención.