Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2022040219)
Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a Proyectos en la temática del Almacenamiento Energético.
99 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022

67022

traciones Públicas. En concreto, podrán recabarse de oficio además de los documentos
indicados en el apartado g) de este artículo, los que se relacionan en los apartados b) (solo
los Títulos), i) (solo cuando estén inscritas en un Registro de la Comunidad Autónoma de
Extremadura), cuando no exista oposición manifestada por quien sea titular de los datos.
3. C
 uando alguno de los documentos exigidos por la norma estuvieran ya en poder de cualquier órgano de esta Administración por haber sido aportados en otro procedimiento y
siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento que corresponda, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el punto 3 del
artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, instando al órgano gestor a que requiera dichos documentos
a través de sus redes corporativas o consulta a plataformas de intermediación de datos,
siempre que se haga constar la fecha y órgano o dependencia en que fueron presentados.
Si la Administración Pública no pudiera recabar electrónicamente a través de sus redes
corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, requerirá a la interesada la presentación de los
documentos referidos en el apartado 1 de este artículo, a los que no haya podido acceder.
4. C
 on el objeto de garantizar la igualdad de todas las propuestas presentadas a la convocatoria, el contenido de la memoria técnica del proyecto, el presupuesto y los datos aportados en el formulario de solicitud no podrán ser modificados o mejorados en un momento
posterior al plazo de finalización de la solicitud, salvo cuando así fuera requerido para ello
por el órgano gestor.
5. T
 oda la información de la ayuda estará disponible en el en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites de la Junta de Extremadura https://www.juntaex.es
dentro del correspondiente trámite.
Artículo 12. Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes.
1. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará a computarse a
partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial
de Extremadura.
2. L
 as solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud
disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/accesoClave.jsf, junto con los modelos de documentos que deban acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las
instrucciones establecidas.