Institución Ferial De Extremadura. Procesos Selectivos. (2022082201)
Anuncio de 21 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de veinticinco plazas por el sistema de concurso (personal laboral fijo).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022
67451
2) L
os servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.2. se certificarán de oficio por la Dirección General de FEVAL conforme al Anexo III, que remitirá al Órgano de Selección para su valoración en la fase de
concurso, previa comunicación al interesado/a.
3) L
os servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.3. se certificarán mediante certificación expedida, según modelo que
figura en Anexo III.bis, por el órgano competente donde se hayan prestado los servicios.
Dicha certificación deberá contener, al menos, Grupo o Clasificación profesional y de Titulación y Área o Programa o especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha certificación deberá ir acompañada de una vida laboral del interesado/a junto con el contrato laboral correspondiente, para acreditar los certificados que acompañe a esta fase.
El Órgano de Selección se reservará el derecho de comprobar la veracidad del contenido de
las certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Órgano de Selección se considere necesario.
Los méritos que deban ser acreditados por los/as aspirantes deberán ser presentados en
cualquiera de las formas establecidas previstas en la base tercera para la presentación de las
solicitudes de participación, en el plazo que se fije al efecto en el anuncio correspondiente con
ocasión o tras la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos en la página web
de FEVAL, que no podrá ser inferior a 4 días hábiles.
De dicha documentación será válida la presentación de copia simple, sin perjuicio de las facultades de comprobación del órgano de selección que incluyen, sin carácter limitativo, requerir
a los/las aspirantes que consideren oportuno la presentación de originales para su cotejo,
copia auténtica o copia compulsada.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. U
na vez que se publiquen las listas definitivas en la fase de admisión de aspirantes, cada
Órgano de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, en la web www.feval.com. Simultáneamente, cada Órgano de Selección anunciará la
apertura del plazo de 4 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos
de los méritos que se aleguen para la fase de concurso según se dispone en la base sexta.
Los méritos que deban ser acreditados por los/as aspirantes deberán ser presentados, en
cualquiera de las formas establecidas previstas en la base tercera para la presentación de
las solicitudes de participación.
Jueves 29 de diciembre de 2022
67451
2) L
os servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.2. se certificarán de oficio por la Dirección General de FEVAL conforme al Anexo III, que remitirá al Órgano de Selección para su valoración en la fase de
concurso, previa comunicación al interesado/a.
3) L
os servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.3. se certificarán mediante certificación expedida, según modelo que
figura en Anexo III.bis, por el órgano competente donde se hayan prestado los servicios.
Dicha certificación deberá contener, al menos, Grupo o Clasificación profesional y de Titulación y Área o Programa o especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados
hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha certificación deberá ir acompañada de una vida laboral del interesado/a junto con el contrato laboral correspondiente, para acreditar los certificados que acompañe a esta fase.
El Órgano de Selección se reservará el derecho de comprobar la veracidad del contenido de
las certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Órgano de Selección se considere necesario.
Los méritos que deban ser acreditados por los/as aspirantes deberán ser presentados en
cualquiera de las formas establecidas previstas en la base tercera para la presentación de las
solicitudes de participación, en el plazo que se fije al efecto en el anuncio correspondiente con
ocasión o tras la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos en la página web
de FEVAL, que no podrá ser inferior a 4 días hábiles.
De dicha documentación será válida la presentación de copia simple, sin perjuicio de las facultades de comprobación del órgano de selección que incluyen, sin carácter limitativo, requerir
a los/las aspirantes que consideren oportuno la presentación de originales para su cotejo,
copia auténtica o copia compulsada.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. U
na vez que se publiquen las listas definitivas en la fase de admisión de aspirantes, cada
Órgano de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, en la web www.feval.com. Simultáneamente, cada Órgano de Selección anunciará la
apertura del plazo de 4 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos
de los méritos que se aleguen para la fase de concurso según se dispone en la base sexta.
Los méritos que deban ser acreditados por los/as aspirantes deberán ser presentados, en
cualquiera de las formas establecidas previstas en la base tercera para la presentación de
las solicitudes de participación.