Institución Ferial De Extremadura. Procesos Selectivos. (2022082201)
Anuncio de 21 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de veinticinco plazas por el sistema de concurso (personal laboral fijo).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022
67452
2. F
inalizado el referido plazo, cada Órgano de Selección pasará a valorar los méritos. De esta
forma, los documentos expedidos de oficio por la Dirección General de FEVAL referidos a
los apartados a.1 y a.2 descritos en el apartado 3 “Fase de concurso”, serán remitidos por
el/la Directora/a General de FEVAL al Órgano de selección. Los méritos profesionales del
apartado a.3, así como los méritos académicos (b) serán valorados en base a la documentación presentada por los/las aspirantes en las formas antes establecidas.
3. A
la vista de la documentación aportada, el resultado de la fase de concurso se obtendrá
sumando los puntos obtenidos en cada uno de los apartados de méritos.
4. U
na vez resuelta la fase de concurso, cada Órgano de Selección hará pública la relación
provisional de puntuación obtenida de cada uno de los/as de aspirantes, disponiendo los/
as interesados/as, igualmente, de un plazo de 4 días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el mismo.
5. T
ranscurrido el plazo establecido, cada Órgano de selección publicará los listados de puntuaciones definitivas de la fase de méritos.
6. S
i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Órgano de
Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.
Octava. Finalización del proceso selectivo.
1. F
inalizado el proceso selectivo, cada Órgano de selección, elevará al Director/a General de
FEVAL, para su aprobación, la propuesta de candidatos/as seleccionados/as para cubrir los
puesto convocados, junto con la relación ordenada de los candidatos/as restantes. La propuesta de relación de candidatos seleccionados será por orden de puntuación total, de tal
modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan
obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
2. E
n caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de méritos profesionales. De persistir el empate, se tendrá en cuenta la
mayor antigüedad en el puesto, y caso de persistir el empate, quien esté ocupando la plaza
para cuya provisión se hubiera producido el mismo.
Se publicará la relación definitiva de aprobados/as en la dirección web www.feval.com
Jueves 29 de diciembre de 2022
67452
2. F
inalizado el referido plazo, cada Órgano de Selección pasará a valorar los méritos. De esta
forma, los documentos expedidos de oficio por la Dirección General de FEVAL referidos a
los apartados a.1 y a.2 descritos en el apartado 3 “Fase de concurso”, serán remitidos por
el/la Directora/a General de FEVAL al Órgano de selección. Los méritos profesionales del
apartado a.3, así como los méritos académicos (b) serán valorados en base a la documentación presentada por los/las aspirantes en las formas antes establecidas.
3. A
la vista de la documentación aportada, el resultado de la fase de concurso se obtendrá
sumando los puntos obtenidos en cada uno de los apartados de méritos.
4. U
na vez resuelta la fase de concurso, cada Órgano de Selección hará pública la relación
provisional de puntuación obtenida de cada uno de los/as de aspirantes, disponiendo los/
as interesados/as, igualmente, de un plazo de 4 días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el mismo.
5. T
ranscurrido el plazo establecido, cada Órgano de selección publicará los listados de puntuaciones definitivas de la fase de méritos.
6. S
i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Órgano de
Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.
Octava. Finalización del proceso selectivo.
1. F
inalizado el proceso selectivo, cada Órgano de selección, elevará al Director/a General de
FEVAL, para su aprobación, la propuesta de candidatos/as seleccionados/as para cubrir los
puesto convocados, junto con la relación ordenada de los candidatos/as restantes. La propuesta de relación de candidatos seleccionados será por orden de puntuación total, de tal
modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan
obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
2. E
n caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de méritos profesionales. De persistir el empate, se tendrá en cuenta la
mayor antigüedad en el puesto, y caso de persistir el empate, quien esté ocupando la plaza
para cuya provisión se hubiera producido el mismo.
Se publicará la relación definitiva de aprobados/as en la dirección web www.feval.com