Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2022064174)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2023.
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Martes 27 de diciembre de 2022

El citado modelo podrá confeccionarse on line, disponible en el Portal Tributario de la Junta de
Extremadura (https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050), y
abonarse a través de los medios previstos en dicho portal. Una vez la beneficiaria realice el
pago, deberá enviar al órgano concedente de la subvención el pdf del modelo 050 generado
con el justificante de pago, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente
al pago, a fin de que dicho órgano administrativo pueda calcular y exigir posteriormente el
interés de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimotercero. Publicidad.
Las subvenciones concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, indicándose la aplicación presupuestaria y el proyecto de gasto al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.
Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a tenor de lo
previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, según se establece en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Decimocuarto. Efectos.
Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de la publicación simultánea de ésta
y de la de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales o ante el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales,
órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de que el
interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 7 de diciembre de 2022.
La Secretaria General,
AURORA VENEGAS MARÍN