Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022063505)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para los ejercicios 2022-2023.
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NÚMERO 245
64498
Viernes 23 de diciembre de 2022
e) Copia del certificado acreditativo de la condición de familia numerosa, en su caso.
f) Copia de la sentencia firme que acredite que alguno de los adquirentes o adjudicatarios
o de las personas integrantes de su unidad de convivencia, ha sufrido violencia de género, física o psicológica, en su caso.
g) Copia del documento acreditativo del grado de discapacidad que padece alguno de los
adquirentes o adjudicatarios o de las personas integrantes de su unidad de convivencia,
emitido por el Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) o por los
órganos competentes de otras Administraciones Públicas, en su caso.
h) C
opia del certificado de víctima de violencia de terrorismo, que acredite que alguno de
los adquirentes o adjudicatarios o de las personas integrantes de su unidad de convivencia, reúne dicha condición, en su caso.
Noveno. Cuantía de la subvención.
1. L
a subvención se acomodará al siguiente cuadro:
Subvención (€)
General
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
IFP > 2,5
IPREM
Conforme a la letra a) del resuelvo tercero
Conforme a la letra b) del resuelvo tercero
IFP ≤ 2,5
IPREM
3.000 €
6.000 €
9.000 €
Líneas específicas
de protección
preferente
1.000 € adicionales
Las cuantías señaladas en el cuadro precedente no son acumulables, salvo la prevista para
las líneas específicas de protección preferente, que es adicional a todas las demás.
2. L
as líneas específicas de protección preferente son las previstas en el artículo 29 de la Orden de 30 de junio de 2020, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas
del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
Décimo. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias de la ayuda, además de las previstas en el
artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, las siguientes:
a) Las obligaciones derivadas del régimen de protección aplicable a la vivienda.
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Viernes 23 de diciembre de 2022
e) Copia del certificado acreditativo de la condición de familia numerosa, en su caso.
f) Copia de la sentencia firme que acredite que alguno de los adquirentes o adjudicatarios
o de las personas integrantes de su unidad de convivencia, ha sufrido violencia de género, física o psicológica, en su caso.
g) Copia del documento acreditativo del grado de discapacidad que padece alguno de los
adquirentes o adjudicatarios o de las personas integrantes de su unidad de convivencia,
emitido por el Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) o por los
órganos competentes de otras Administraciones Públicas, en su caso.
h) C
opia del certificado de víctima de violencia de terrorismo, que acredite que alguno de
los adquirentes o adjudicatarios o de las personas integrantes de su unidad de convivencia, reúne dicha condición, en su caso.
Noveno. Cuantía de la subvención.
1. L
a subvención se acomodará al siguiente cuadro:
Subvención (€)
General
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
IFP > 2,5
IPREM
Conforme a la letra a) del resuelvo tercero
Conforme a la letra b) del resuelvo tercero
IFP ≤ 2,5
IPREM
3.000 €
6.000 €
9.000 €
Líneas específicas
de protección
preferente
1.000 € adicionales
Las cuantías señaladas en el cuadro precedente no son acumulables, salvo la prevista para
las líneas específicas de protección preferente, que es adicional a todas las demás.
2. L
as líneas específicas de protección preferente son las previstas en el artículo 29 de la Orden de 30 de junio de 2020, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas
del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
Décimo. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias de la ayuda, además de las previstas en el
artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, las siguientes:
a) Las obligaciones derivadas del régimen de protección aplicable a la vivienda.