Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Programas De Colaboración Económica Municipal. (2022064151)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 15 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el programa de colaboración económica municipal del servicio de teleatención domiciliaria a personas mayores residentes en entidades locales de Extremadura de menos de 1.000 habitantes, incluido en el componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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— Inscripción del contratista en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de
la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en
la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
5. L
 as entidades destinatarias, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y demás normativa de desarrollo, deberán:
a) Cumplimentar la declaración de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea
que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, establecida en el
Anexo IV, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de Colaboración Económica
Municipal.
b) Cumplimentar la declaración relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, establecida en el Anexo V, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de
Colaboración Económica Municipal.
c) Cumplimentar la declaración de ausencia de conflicto de intereses establecida en el
Anexo VI, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de Colaboración Económica
Municipal.
d) Adoptar medidas que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de interés.
e) A
 doptar medidas para evitar que se produzca doble financiación.
f) Cumplir y respetar en las actuaciones que se lleven a cabo el principio de “no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do no significant harm – DNSH).
g) Contribuir de forma adecuada al tagging verde y digital. (en esta inversión: Etiqueta
verde y digital: 013 - Servicios y aplicaciones de sanidad electrónica incluida la ciberasistencia, el internet de las cosas para la actividad física y la vida cotidiana asistida por
el entorno. 100% contribución digital).