Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022064069)
Extracto de la Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para los ejercicios 2022 y 2023.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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Octavo. Financiación.
1. A
 esta convocatoria, se destinará la cantidad máxima de 2.628.400 €, distribuidos en
20.000 € para el ejercicio 2022 y 2.608.400,00 € para el ejercicio 2023, con cargo a la
aplicación presupuestaria: 16002/261A/78900, código de proyecto de gasto: 20200008 y
fuente de financiación: CA.
2. L
 a concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuestario fijado en la convocatoria, sin perjuicio de su incremento conforme a la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaria General de la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes
posteriormente presentadas.
Noveno. Otros datos.
1. L
 as solicitudes de subvención se dirigirán a la Dirección General de Vivienda e irán acompañadas de la documentación exigida, salvo que las personas interesadas consientan que
pueda recabarse electrónicamente por aquella.
2. L
 a solicitud de la subvención se ajustará al modelo normalizado señalado en el Anexo I
de la convocatoria, que estará disponible en el Portal Juntaex.es (actualmente se aloja en
http://www.juntaex.es).
3. La presentación de la solicitud se acomodará a las siguientes reglas:
a) Las personas físicas solicitantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dirigirán su solicitud a la Dirección General de Vivienda, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en Portal Juntaex.es (actualmente
alojado en http://www.juntaex.es), y presentarán dicho modelo normalizado, junto con
el resto de documentos que deben acompañarlo:


a.1) A través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de
Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf,



a.2) A través de cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.