Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022064069)
Extracto de la Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para los ejercicios 2022 y 2023.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022



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a.3) En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema
de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



a.4) En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

b) Las personas jurídicas y demás sujetos obligados a relacionarse electrónicamente estarán obligadas a presentar su solicitud a través del Registro Electrónico General, de
la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Para la presentación electrónica de solicitudes, las personas interesadas deberán disponer,
para la autentificación y firma electrónica de las solicitudes, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor. Si carece de ellos podrían obtenerlos en
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 o http://www.cert.fnmt.es/

Las solicitudes que se presenten en las oficinas de Correos se mostrarán en sobre abierto,
con objeto de que en las mismas se haga constar el nombre de la oficina y la fecha, el
lugar, la hora y el minuto de su admisión.
Las solicitudes de subvención se tramitarán por riguroso orden de entrada en el registro
del órgano competente para su tramitación.
4. L
 a competencia para la ordenación e instrucción del procedimiento corresponde al Servicio
de Gestión de Ayudas, dependiente de la Dirección General de Vivienda.
La competencia para dictar y notificar la resolución de los procedimientos corresponderá a
la Secretaria General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
5. E
 l plazo para dictar y notificar la resolución del procedimiento es de seis meses, a contar
desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su
tramitación.
La falta de notificación de resolución expresa dentro del plazo establecido para resolver,
legitima a la persona interesada para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.