Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Ayudas. (2022063958)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para el alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias, matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/2023.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

63920

la unidad familiar, con el exclusivo objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos económicos, tal como se establece en la sección 2.ª del capítulo II de la presente
resolución de convocatoria, salvo oposición expresa por parte del solicitante en cuyo
caso deberá aportar una certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de los niveles de renta, patrimonio y rendimientos de actividades económicas
de los miembros de la unidad familiar.
Cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de la información
de carácter tributaria necesaria para la acreditación de la renta, el solicitante deberá
aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.
2. Con carácter específico deberán aportar, además, en su caso:
a) Declaración responsable de las ayudas percibidas para el estudio por otras Administraciones Públicas u otras entidades y por cualquier concepto.
b) Documentos que acrediten las deducciones a la renta familiar que se hayan hecho constar en el impreso de solicitud.
Decimoctavo. Ordenación e instrucción.
1. C
 orresponde a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa la ordenación e
instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas al estudio reguladas en la presente convocatoria.
2. P
 ara la valoración de las solicitudes presentadas se constituirá una Comisión de Valoración,
nombrada por la Consejera de Educación y Empleo, integrada por los siguientes miembros:
a) Presidencia: La persona titular de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa o persona en quien delegue.
b) Vocalía: El titular de la Jefatura del Servicio de Programas Educativos y Atención a la
Diversidad, el titular de la Sección de Becas y Ayudas, un representante del Servicio de
Inspección y un representante de cada Delegación Provincial de Educación.
c) Secretario: Un/a funcionario/a de la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa.
Tanto los vocales como el secretario podrán ser sustituidos por algún funcionario adscrito
al Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad en caso de ausencia, vacante o enfermedad de cualquiera de ellos.