Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064030)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Casatejada ZP-24, en el término municipal de Casatejada. Expte.: IA21/0737.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

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ciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no
cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. También, en este sentido, se
solicitará la pertinente autorización de ocupación y uso temporal en las vías pecuarias,
a la Secretaria General de Población y Desarrollo Rural.
6. A
 ntes del inicio de las labores, se realizará una señalización de la explotación desde
cualquier acceso mediante carteles fácilmente visibles, al objeto de garantizar la seguridad de personas y bienes.
7. E
 l acceso a la zona de extracción se realizará desde el camino del pozo abajo, utilizando los accesos existentes, a restituir finalizadas las obras. Se planificará, en la medida
de lo posible, el movimiento de la maquinaria y el trazado de caminos en la zona para
minimizar la afección al suelo de la zona.
8. D
 e la superficie total de 3,4898 ha incluida en el perímetro del aprovechamiento delimitado mediante coordenadas UTM, se dejará un resguardo de protección de 3 m respecto a linderos, de 5 m respecto a caminos, de 15 m respecto a carreteras y de 20 m
respecto a cauces de agua, como franjas de protección mínima, sin perjuicio de lo que
se disponga en la legislación vigente aplicable al respecto de cada uno de los elementos
anteriormente citados.
9. L
 as labores de explotación propiamente dichas se realizarán mediante en un ciclo continuo de arranque del material mediante retroexcavadora, carga en camión y traslado
a obra, fuera de la zona de extracción. La explotación proyectada se realizará sobre un
frente, mediante la ejecución de un único banco, descendiendo la cota en una altura
media de 3 m, siempre por encima del nivel freático y manteniendo la morfología del
terreno. El aprovechamiento del recurso minero y su restauración se realizará en lo posible de forma ordenada y progresiva a medida que avancen los trabajos de explotación
y según lo previsto en el calendario de ejecución.
10. El plazo de ejecución de la actividad, incluida la restauración del área afectada, será
de 26 meses.
11. En una primera fase del aprovechamiento, previa a la explotación propiamente dicha,
se irá retirando la parte superior del suelo de tierra vegetal, de 0,5-1 m de espesor medio, que se acopiará en cordones de menos de 2 metros de altura en zonas periféricas.
Esta tierra se utilizará en las labores finales de restauración y/o rehabilitación, por lo
que deberán tomarse las medidas necesarias para mantener sus cualidades mineralógicas y texturales esenciales, evitando su compactación y protegiéndola de procesos
erosivos.