Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064020)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de transformación en regadío de una superficie de 6,0648 ha de olivar super-intensivo, totalizando 13,5648 ha de superficie de riego en el paraje Maricara, en el término municipal de Nogales (Badajoz). Expte.: IA21/1443.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022
64062
forma de erosión. daños a la estructura, pérdida de fertilidad y contaminación. Se debe
tener en cuenta la apertura de zanjas para la instalación de la red de riego. También
se mencionan los posibles impactos como consecuencia de vertidos accidentales de la
maquinaria y el uso de insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones en los nuevos cultivos.
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves menores al 10%, no es previsible que los movimientos de tierra generen un
incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y como consecuencia pérdidas de suelo fértil.
También debemos tener en cuenta que el suelo se encuentra dentro de las Zonas de
Protección para el Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios. A este respecto se indica
que llevará a cabo un control integrado de plagas.
Por último, aplicando lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre,
sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron,
así como las medidas incluidas tanto en el EsIA como en la presente declaración de
impacto ambiental, el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.
C.2.4 Paisaje.
Dado que los cultivos están implantados, la transformación del paisaje es inapreciable.
El mayor impacto puede venir dado de la construcción de casetas de riego.
La afección sobre el paisaje durante la fase de construcción es la producida por la presencia de la maquinaria, vehículos pesados, casetas de obras, etc. Una vez concluidas
las obras esta afección desaparece.
Con las medidas incorporadas en la presente declaración de impacto ambiental y en el
EsIA estas modificaciones en el paisaje se verán atenuadas.
C.2.5 Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos
orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros). Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones
de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales
Jueves 22 de diciembre de 2022
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forma de erosión. daños a la estructura, pérdida de fertilidad y contaminación. Se debe
tener en cuenta la apertura de zanjas para la instalación de la red de riego. También
se mencionan los posibles impactos como consecuencia de vertidos accidentales de la
maquinaria y el uso de insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones en los nuevos cultivos.
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves menores al 10%, no es previsible que los movimientos de tierra generen un
incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y como consecuencia pérdidas de suelo fértil.
También debemos tener en cuenta que el suelo se encuentra dentro de las Zonas de
Protección para el Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios. A este respecto se indica
que llevará a cabo un control integrado de plagas.
Por último, aplicando lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre,
sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron,
así como las medidas incluidas tanto en el EsIA como en la presente declaración de
impacto ambiental, el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.
C.2.4 Paisaje.
Dado que los cultivos están implantados, la transformación del paisaje es inapreciable.
El mayor impacto puede venir dado de la construcción de casetas de riego.
La afección sobre el paisaje durante la fase de construcción es la producida por la presencia de la maquinaria, vehículos pesados, casetas de obras, etc. Una vez concluidas
las obras esta afección desaparece.
Con las medidas incorporadas en la presente declaración de impacto ambiental y en el
EsIA estas modificaciones en el paisaje se verán atenuadas.
C.2.5 Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos
orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros). Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones
de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales