Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022064020)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de transformación en regadío de una superficie de 6,0648 ha de olivar super-intensivo, totalizando 13,5648 ha de superficie de riego en el paraje Maricara, en el término municipal de Nogales (Badajoz). Expte.: IA21/1443.
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NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

64061

para llevar a cabo la actuación planteada y sería compatible con la Planificación Hidrológica con las limitaciones señaladas en el propio informe, entre las que destacan las
siguientes:


— La captación del recurso se sitúa en la masa de agua superficial Río Entrín Verde, definida y caracterizada en el Apéndice 2 de las Disposiciones Normativas del vigente Plan
Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, dentro
del Sistema de Explotación Central, definido en al artículo 2 y el Apéndice 2 de las Disposiciones Normativas del Plan, y para la cual se establece el objetivo medioambiental
de alcanzar el buen estado para el horizonte temporal 2016-2021, según lo indicado en
el artículo 17 y el Apéndice 9 de las Disposiciones Normativas del Plan.



— Existe recurso anual suficiente y la concesión será posible, siempre que no se reduzcan los caudales naturales circulantes en todo momento aguas arriba del punto de
vertido procedente de las termosolares ubicadas, así mismo, aguas arriba del punto
de captación. Se concreta que el caudal de captación sea en todo momento inferior
al caudal vertido por las termosolares.



— En caso de que se modifiquen las condiciones de vertido, se deberá modificar esta
concesión de forma coherente.

En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la concesión.
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Por otro lado, la zona de actuación se encuentra en zona
vulnerable a la contaminación por nitratos, además de zona de protección de productos
fitosanitarios. Se considera que, aplicando las correspondientes medidas preventivas,
las afecciones no deberían resultar significativas.


C.2.3 Geología y suelo.

Dado que los cultivos ya están implantados en las parcelas, y, el sistema de riego en
una de ellas, la afección principal se dará en la ejecución de la red de riego en la parcela 101, por lo que los principales impactos según el EsIA se darán sobre el suelo, en