Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063965)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del V Convenio Colectivo para el centro de trabajo "Hospital Quirónsalud Clideba" de Badajoz de la empresa "IDCQ Hospitales y Sanidad, SL".
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NÚMERO 243
Miércoles 21 de diciembre de 2022



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a.6. Trabajos de categoría inferior:

La encomienda de funciones de inferior categoría deberá estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad, debiendo comunicarse por escrito, realizándose por el menor periodo posible, con notificación a la representación
de los trabajadores.


a.7. Cambios de titularidad de la empresa:

Será informado siempre que se produzca el cambio de titularidad, por razonas distintas a la herencia por fallecimiento.


a.8. H
 oras extraordinarias el Comité de Empresa, recibirá mensualmente información
con especificación de las horas extraordinarias realizadas por cada trabajador.



a.9. C
 otizaciones a la seguridad social: deberá recibir información acerca de la situación de la empresa en cuanto a listado de las cotizaciones a la Seguridad Social, a
través de los TC1 y TC2 de los que se proporcionará copia todos los meses.



a.10. Absentismo, salud y medio ambiente laboral: Con independencia de lo establecido
en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se informará al menos trimestralmente sobre el índice de absentismo, con expresión de sus causas, accidentes de
trabajo producidos, enfermedades profesionales, así como consecuencias de ambas situaciones; también de los índices de siniestralidad, estudios que se realicen
en la empresa sobre medio ambiente laboral y de los medios de prevención de la
salud laboral que se utilicen y evaluación de los riesgos de los distintos servicios.



a.11. Pago de salarios por sistema diferente al efectivo. Deberá comunicar previamente
al Comité de Empresa, cuando el empresario abone los salarios por método distinto al efectivo, sea mediante talón bancario, abono en cuenta corriente o libreta
de ahorros, transferencia o cualquier otro sistema a través de bancos o cajas de
ahorro.



a.12. Movilidad geográfica; Traslados individuales o plurales. Se comunicarán al Comité
de Empresa con una antelación de 30 días.



a.13. Despido objetivo por causas económicas, técnica, organizativas o de producción.
Se dará copia al Comité de Empresa de los escritos de preaviso de este tipo de
despido.

b) El Comité de Empresa será informado y emitirá informe: