Consejería De Educación Y Empleo. Formación Del Profesorado. (2022050228)
Orden de 12 de diciembre de 2022 por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al curso escolar 2022-2023.
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Martes 20 de diciembre de 2022

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responder a las funciones que la sociedad extremeña le encomienda. A lo largo de su articulado se fijan los principios generales que definen nuestro propio modelo de formación
permanente, la estructura y organización de este modelo, se determina la organización y
funcionamiento de los Centros de Profesores y de Recursos y se regula la elaboración de
los Planes de Formación Permanente del Profesorado.
Además, en la Orden de 31 de octubre de 2000, DOE n.º 128 de 4 de noviembre, modificada por Orden de 21 de mayo de 2002, DOE n.º 62 de 30 de mayo, se establecen, entre
otras disposiciones, las características de las actividades de formación y sus modalidades,
así como los procesos para su reconocimiento, certificación, registro y evaluación, y se
establecen las equivalencias con otras actividades y titulaciones.
Los instrumentos básicos para la formación permanente del profesorado, tal y como aparecen recogidos en el Decreto 69/2007, son los siguientes:
— La oferta formativa de la Red de Formación y las Entidades Colaboradoras, que se recoge en los Planes Regionales, y atiende a las demandas formativas de los centros educativos, los profesores, y las necesidades institucionales.
— La formación en los centros educativos, con la colaboración y apoyo de los Centros de
Profesores y de Recursos, como herramienta formativa de actuación directa, destinada
al desarrollo de una acción formativa o una medida de innovación educativa concreta.
— Las convocatorias de licencias por estudios y ayudas para la participación en actividades
formativas, para dar respuesta a las iniciativas individuales de formación.
— Las estancias formativas en empresas, como instrumento que vincula el proceso de
enseñanza-aprendizaje al mundo laboral y empresarial.
En virtud de lo establecido en las normas mencionadas, cabe aproximarse al sistema extremeño de formación permanente del profesorado desde los aspectos que se describen a
continuación:
3.1. Modalidades formativas.
— Cursos:
Incluyen contenidos científicos-culturales y/o didácticos, además de actuaciones del
ámbito de las líneas prioritarias básicas. El diseño lo concreta la entidad convocante. En
su convocatoria se fija un máximo y un mínimo de participantes y puede tener duración
variable.