Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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vas sectoriales de aplicación, sobre todo a las relacionadas con sanidad veterinaria, normas
higiénicas y medioambientales.
Artículo 4.2.6.3. Especificidad del uso de Explotaciones Agrícolas (AA).
Dentro del uso de Explotaciones Agrícolas indicamos como específico:
— (AA-1) que abarca todas las actividades agrícolas propias en el suelo no urbanizable.
— (AA-2) que corresponde a las actividades que tradicionalmente han tenido un desarrollo admisible en el suelo urbano, tales como el almacenaje de productos agrícolas y la
guardería de maquinaría.
Artículo 4.2.6.4. Especificidad y características del uso de Ganadería.
1. Debido a que es dentro del uso estructurante agroganadero el que mayores molestias puede producir e incompatibilidades de usos, según la intensidad de la actividad ganadera se
diferencian las siguientes situaciones o usos específicos:
— (AG-1) Ganadería de Autoconsumo, que son pequeñas explotaciones artesanas de carácter individual o familiar, que por su escasa entidad y su carácter tradicional, no
producen olores ni ruidos que puedan ser causa de molestias para el vecindario, destinándose al consumo familiar.
— (AG-2) Explotaciones Ganaderas, son explotaciones que por su entidad resultan incompatibles tanto con la vivienda, como con la presencia de cualquiera otra actividad propia
de suelo urbano.
2. E
 n la Ganadería de Autoconsumo (AG-1), las especies y número de cabezas máximo autorizados serán las siguientes, en tanto no exista una normativa más restrictiva emanada
de otras instancias:


Vacuno

1 cabezas



Otro ganado mayor

2 cabezas



Cerdas de cría

1 cabezas



Cerdos en engorde

2 cabezas



Lanar y cabrío

3 cabezas



Conejos

25 cabezas