Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022
63191
2. L
a calificación de usos descritos en este capítulo, pretende abarcar la totalidad de usos
posibles y la relación de compatibilidad entre ellos, se den actualmente o no en el término
municipal. Por ello la relación de usos específicos que desarrolla el capítulo es muy superior
a la que puede tener su reflejo en los planos de calificación del suelo, ya que en poblaciones
como Carmonita es inoperante establecer suelos específicos para mucho de ellos, que pueden no darse en el periodo de vigencia del PGM, Esta circunstancia nos lleva a establecer
un amplio grado de compatibilidad entre los diferentes usos, siempre que no generen molestias u otros efectos desfavorable en entornos de uso global o pormenorizado distinto al
que se pretende establecer. Será competencia municipal para conceder licencia de apertura
exigir las condiciones de aislamiento, higiene, seguridad e idoneidad de las distintas actividades, acorde a las reglamentaciones vigentes en la materia y específicas de la actividad.
3. A
efectos de las presentes Normas Urbanísticas, y de las que se incluyan en el planeamiento de desarrollo del Plan General, se establecen las siguientes clasificaciones de usos:
a) Según la amplitud de su función:
• Usos pormenorizados.
• Usos específicos.
b) Según su modo de implantación:
• Usos característicos.
• Usos compatibles.
• Usos prohibidos.
c) Según su destino urbanístico:
• Usos privados.
• Usos públicos.
e) Por su duración temporal:
• Usos permanentes.
• Usos provisionales.
4. L
as definiciones de los distintos tipos de usos regulados es la siguiente:
— Uso pormenorizado: el correspondiente a las diferentes tipologías en que pueden desagregarse los usos globales.
Martes 20 de diciembre de 2022
63191
2. L
a calificación de usos descritos en este capítulo, pretende abarcar la totalidad de usos
posibles y la relación de compatibilidad entre ellos, se den actualmente o no en el término
municipal. Por ello la relación de usos específicos que desarrolla el capítulo es muy superior
a la que puede tener su reflejo en los planos de calificación del suelo, ya que en poblaciones
como Carmonita es inoperante establecer suelos específicos para mucho de ellos, que pueden no darse en el periodo de vigencia del PGM, Esta circunstancia nos lleva a establecer
un amplio grado de compatibilidad entre los diferentes usos, siempre que no generen molestias u otros efectos desfavorable en entornos de uso global o pormenorizado distinto al
que se pretende establecer. Será competencia municipal para conceder licencia de apertura
exigir las condiciones de aislamiento, higiene, seguridad e idoneidad de las distintas actividades, acorde a las reglamentaciones vigentes en la materia y específicas de la actividad.
3. A
efectos de las presentes Normas Urbanísticas, y de las que se incluyan en el planeamiento de desarrollo del Plan General, se establecen las siguientes clasificaciones de usos:
a) Según la amplitud de su función:
• Usos pormenorizados.
• Usos específicos.
b) Según su modo de implantación:
• Usos característicos.
• Usos compatibles.
• Usos prohibidos.
c) Según su destino urbanístico:
• Usos privados.
• Usos públicos.
e) Por su duración temporal:
• Usos permanentes.
• Usos provisionales.
4. L
as definiciones de los distintos tipos de usos regulados es la siguiente:
— Uso pormenorizado: el correspondiente a las diferentes tipologías en que pueden desagregarse los usos globales.