Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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de este, no pudiéndose autorizar otras obras que las de carácter provisional previstas en la
LSOTEX y las correspondientes a infraestructuras y dotaciones públicas.
Artículo 2.2.1.6. Suelo No Urbanizable.
Está constituido por aquellos terrenos que se excluyen de todo posible uso netamente urbano
acorde al Artículo 11 de la LSOTEX y el Artículo 6 del RP.
Se delimitan como suelo no urbanizable todas aquellas áreas del término municipal que no
estén incluidas como Suelo Urbano ni Urbanizable en los correspondientes planos a escala
1:1.000 o 1:2.000.
Artículo 2.2.1.7. División del Suelo No Urbanizable.
El SNU se divide en categorías acordes al Artículo7 del RP, cada una de las cuales viene afecta
a una regulación determinada, en función de la protección que precisen, según sus propias
condiciones.
La delimitación de las diversas zonas o tipos de SNU se define gráficamente en los planos
de ordenación (OE 1) a escala 1:20.000, viene dada por una serie de parámetros y valores
objetivos de uso y aprovechamiento del suelo.
La protección debida a las diversas zonas en que se divide el SNU no impide la realización de
todas aquellas actuaciones, previstas en el Artículo 18 de la LSOTEX, precisas para un óptimo
aprovechamiento económico del suelo rústico, así como los tradicionales usos de poblamiento
disperso existentes en mayor o menor medida en el término municipal. Estos aspectos quedan regulados pormenorizadamente en estas Normas urbanísticas.
En los suelos clasificados como SNU se distinguen las categorías:
a) Suelo no urbanizable de protección Ambiental (SNU-PA).
Las áreas objeto de Protección Ambiental (SNU-PA) están constituidas por aquellos
suelos de dominios públicos natural y los terrenos colindantes sujetos al régimen de
policía demanial previsto en la legislación sectorial reguladora, se dan las siguientes
subcategorías:


SNU- PAE Suelos de Protección Ambiental a embalses y charcas.



SNU- PAA Suelos de Protección Ambiental a los arroyos.

b) Suelo no urbanizable de protección Cultural (SNU-PC).