Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0091)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "simplificado" de Carmonita (PG).
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NÚMERO 242
Martes 20 de diciembre de 2022

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un espesor máximo será de 0,10 metros y su saliente máximo 0,50 metros, debiendo
quedar remetidos del bordillo de la acera 0,40 metros. Su altura no será superior a 0,90
metros, no sobrepasando en cualquier caso la del local y debiendo estar situados a más de
2.25 m. sobre el acerado.
Artículo 5.2.3.4. Carteles y vallas.
Son elementos superficiales exentos destinados a la publicidad. Se anclarán debidamente y
en su construcción se emplearán materiales resistentes a la intemperie y acordes con la fisonomía del lugar de ubicación.
Su ubicación en las proximidades de vías de comunicación, carreteras, precisa cumplir la normativa específica y tener informe previo del Organismo titular competente.
Su ubicación en zonas industriales en parcelas de edificación exclusiva será libre.
Su ubicación en zonas urbanas estará supeditada a que su instalación no suponga impacto
en el entorno.
Subcapítulo 5.2.4. Fichas ORDENANZAS
Artículo 5.2.4.1. Ordenanza Primera I Edificación Densa ED.
Regula la edificación tradicional del núcleo consolidado con uso global residencial y pormenorizado plurifamiliar y unifamiliar, en concreto regula la edificación de las manzanas de la
indicadas en el Plano OD2 con la trama correspondiente a la tipología edificatoria Edificación
Densa ED en la ZOU 1, pudiendo desarrollarse unidades de suelo urbano no consolidado y de
suelo urbanizable con esta tipología.
La edificación es compacta, generalmente alineada en fachada y medianeras, desarrollando
manzanas cerradas, careciendo de espacios libres significativos en el interior de la manzana,
excepto los patios de parcela para ventilación, constituye la tipología actualmente mayoritaria
del suelo urbano consolidado.
En las zonas delimitadas como suelo urbano no consolidado y urbanizable la edificación puede
ser compacta y adosada a uno o a los dos linderos laterales, desarrollando manzanas cerradas
o en hileras, de viviendas situadas en las alineaciones exteriores de la manzana, admitiéndose
retranqueos y porches para el conjunto de la manzana, frente de alineación completa y parcela individual. En las manzanas en hilera se admiten los patios exteriores en las alineaciones
secundarias.
La edificación tendrá como máximo dos plantas en calles de anchura inferior a 6 m y dos
plantas más doblado en calles de anchura superior a 6 m.