Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Estatutos. (2022063937)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia, por la que se da publicidad a la modificación de los Estatutos.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

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3. E
 l Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana está sujeto al régimen presupuestario, de contabilidad y control de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, sin perjuicio de su sujeción a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En todo caso, se llevará a cabo una auditoría de sus cuentas anuales, que será responsabilidad del órgano de
control de la Administración de la Junta de Extremadura. Su presupuesto formará parte
del Presupuesto General de la Junta de Extremadura, en cuanto Administración Pública de
adscripción.
4. E
 l Consorcio servirá con objetividad los intereses que se le encomiendan, con capacidad jurídica para adquirir y enajenar bienes, ejercitar acciones, contratar y obligarse en general,
con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
Artículo 6. Domicilio.
El Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana tendrá su domicilio en la Plaza
de Santa María, s/n de la localidad de Olivenza, en la provincia de Badajoz en los locales del
Museo del mismo nombre.
CAPÍTULO II
Órganos
Artículo 7. Enumeración.
1. Son órganos de gobierno y administración del Consorcio los siguientes:
a) El Consejo Rector.
b) La Comisión Ejecutiva.
c) La Dirección.
2. L
 a persona titular de la Presidencia de la Junta de Extremadura ejercerá la representación
institucional honoraria del Consorcio, por lo que podrá asistir, en su condición de máximo
representante de la Comunidad Autónoma, a cuantas reuniones y actos requiera la especial
cualidad de los asuntos a tratar y sin que ello suponga el ejercicio de competencia ejecutiva
alguna.