Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Estatutos. (2022063937)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia, por la que se da publicidad a la modificación de los Estatutos.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

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q) Ejercitar cuantas otras funciones les sean encomendadas por el Consejo Rector, dejando a
salvo las competencias legalmente reservadas al mismo, y efectuar todas las que, aunque
no estén mencionadas anteriormente, se refieran al régimen y buen gobierno del Consorcio.
SECCIÓN CUARTA
De las retribuciones
Artículo 18. Retribuciones.
Quienes componen el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva, salvo la persona que ostenta la
Dirección, no percibirán retribuciones por el desempeño de sus cargos en el Consorcio, salvo
las indemnizaciones que puedan establecerse conforme a la normativa vigente y aplicable por
asistencia a las sesiones de los mismos.
CAPÍTULO IV
Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y
patrimonial, de contratación y personal
Artículo 19. Recursos económicos y contabilidad.
1. L
 os recursos económicos del Consorcio son los siguientes:
2. L
 as aportaciones de las Entidades consorciadas.
a) Rendimiento de sus servicios.
b) Subvenciones y otros ingresos de derecho público o privado.
c) Empréstitos y préstamos.
d) Aquellos otros legalmente establecidos.
e) E
 l Consorcio organizará sus cuentas conforme al Plan General de Contabilidad Pública.
3. L
 as aportaciones de las Administraciones consorciadas al presupuesto anual del Consorcio,
se realizará conforme a los siguientes porcentajes de financiación:
FINANCIACIÓN PRESUPUESTO

Comunidad Autónoma de Extremadura: Consejería con competencias
en cultura de la Junta de Extremadura
Entidad Local: Diputación Provincial de Badajoz

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11,76