Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Estatutos. (2022063937)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia, por la que se da publicidad a la modificación de los Estatutos.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

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f) Ordenar gastos y pagos en la cuantía máxima que determinen las Bases de Ejecución
del Presupuesto Anual.
g) Celebrar todo tipo de contratos administrativos y privados, cuyo presupuesto base de
licitación sea igual o inferior al importe de seiscientos mil euros (600.000 €).
h) A
 probar y comprometer aquellos gastos cuyo importe sea igual o inferior a seiscientos
mil euros (600.000 €), así como el reconocer obligaciones y ordenar los pagos sin límite
de cuantía.)
i) Suscribir los convenios de colaboración y acuerdos con distintas instituciones, organismos y entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales para el mejor cumplimiento de los fines y objetivos del Consorcio.
j) Ejercer cuantas funciones de administración, custodia, conservación de defensa de los
bienes del Consorcio fuesen necesarias.
k) Velar por la buena conservación de los materiales e instalaciones del Consorcio, proponiendo a la presidencia a tal efecto las medidas que crea necesarias.
l) Representar al Consorcio ante entidades públicas y privadas a los exclusivos efectos de
dar curso a la tramitación administrativa ordinaria, estando facultado para la realización
de envíos y retirada de correspondencia y mensajería, para solicitar inscripciones ante
registros públicos y privados, para obtener y retirar documentos, certificados y autorizaciones, así como, tramitar expedientes, presentar, obtener y retirar documentos,
certificados, autorizaciones, licencias.
m) Cumplir y hacer cumplir la normativa vigente que afecte al ámbito de gestión del Consorcio.
n) P
 reparar los contratos que deban ser suscritos por el Consorcio, así como justificar su
necesidad.
o)  Adoptar en caso de urgencia, siempre que no puedan reunirse previamente los órganos colegiados, las medidas provisionales al caso que estime necesarias, dando cuenta
inmediatamente de ello a la Presidencia o, en su caso, al Consejo Rector, en la primera
reunión que a tal efecto se convoque.
p) Promover la realización de convenios de colaboración y acuerdos con distintas instituciones, organismos y entidades, públicos y privados, nacionales e internacionales, para
el mejor cumplimiento de los fines y objetivos del Consorcio, incluidos avales y actos
de disposición especial que hayan sido autorizados por el Consejo Rector o la Comisión
Ejecutiva.