Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Estatutos. (2022063937)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia, por la que se da publicidad a la modificación de los Estatutos.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

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j) Proponer al Consejo Rector del Consorcio las medidas necesarias para su mejor funcionamiento, en el cumplimiento de sus fines.
k) Cualesquiera otras atribuciones que le delegue el Consejo Rector.
Artículo 16. Reuniones de la Comisión Ejecutiva.
1. L
 a Comisión Ejecutiva se reunirá en sesión ordinaria con carácter previo a cada reunión
ordinaria de Consejo Rector, y en sesión extraordinaria siempre que sea convocada por la
Presidencia o cuando lo solicite, como mínimo, la mitad de sus miembros.
Las reuniones se celebrarán en primera convocatoria cuando concurran, como mínimo,
la mitad de sus miembros. De no alcanzarse dicho quórum, se celebrará en una segunda
convocatoria a la media hora cuando concurran, al menos, un tercio de sus miembros. En
todo caso, será necesaria la asistencia de las personas titulares de la Presidencia y de la
Secretaría o de quienes les sustituyan.
2. L
 os acuerdos requerirán el voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes
en la reunión. La Presidencia tendrá voto de calidad.
3. E
 n lo no dispuesto anteriormente se estará al régimen previsto para las reuniones del Consejo Rector.
SECCIÓN TERCERA
De la Dirección
Artículo 17. Nombramiento, naturaleza y competencias de la Dirección.
1. L
 a persona titular de la Dirección del Consorcio será nombrada y cesada por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura a propuesta del Consejo Rector, y asume la dirección
ejecutiva y artística y la representación ordinaria del Consorcio.
2. E
 l puesto de la Dirección será retribuido y tendrá la consideración de alto cargo de conformidad con el régimen establecido en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del
estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La retribución de la Dirección del Consorcio será establecida con los
requisitos y limitaciones que se establezcan en las Leyes del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para cada ejercicio.
3. C
 orresponde a la Dirección, además de las funciones propias de Secretaría de la Comisión
Ejecutiva, las de impulsar y coordinar el funcionamiento de los servicios a su cargo, la de