Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Estatutos. (2022063937)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Presidencia, por la que se da publicidad a la modificación de los Estatutos.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

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2. E
 n los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad, desempeñará las funciones de la
Secretaría un Vocal de la Comisión Ejecutiva designado por la Presidencia de la Comisión
Ejecutiva; en cuyo caso conservará el voto en su condición de Vocal.
3. L
 a Comisión Ejecutiva podrá recabar, cuando lo estime oportuno, el asesoramiento de especialistas en los temas a tratar.
Artículo 15 Competencias de la Comisión Ejecutiva.
1. E
 s el órgano encargado de preparar las deliberaciones y acuerdos del Consejo Rector. Asimismo, le corresponden las funciones de deliberación y ejecución sobre los asuntos que se
atribuyen a su competencia propia conforme al presente artículo:
2. C
 orresponden a la Comisión Ejecutiva, las siguientes atribuciones:
a) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector.
b) Presentar al Consejo Rector los proyectos de presupuestos y su liquidación, así como
las Cuentas Anuales y la Memoria de Actividades anual realizados por la Dirección del
Consorcio, y hacer el seguimiento una vez aprobados. e informar el anteproyecto de
presupuestos y de liquidación, cuentas anuales y memoria de actividades.
c) Ejecutar la gestión de los servicios del Consorcio, aprobada por el Consejo Rector, y
controlar la actividad de los mismos
d) Elaborar la relación de puestos de trabajo, que serán aprobadas por el Consejo Rector.
e) I nformar, con carácter previo a la Presidencia del Consejo Rector, de los proyectos que
puedan afectar a los fondos del Consorcio así como aquellos otros que, por su importancia deban someterse a su conocimiento y resolución o bien hayan sido requeridos por la
Presidencia.
f) Proponer la ejecución y realización de intervenciones que tengan por finalidad la restauración, rehabilitación, recuperación y conservación o mantenimiento de los elementos
interiores y exteriores del Museo.
g) Ser informada, por la Dirección, sobre la actividad del Consorcio.
h) A
 nalizar, estudiar y preparar los acuerdos que deban ser adoptados por el Consejo.
i) Proponer al Consejo Rector del Consorcio la modificación de sus estatutos, cuando así
fuera necesario.