Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Equino. Subvenciones. (2022063816)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a la mejora de infraestructuras del sector equino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

62816

Sexto. Acta de no inicio.
Se visitarán las instalaciones de la persona solicitante por el personal técnico competente de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, quien comprobará que
con antelación a esa fecha no se haya iniciado la ejecución de las inversiones, levantándose
acta que será firmada por el personal funcionario actuante y, en su caso, por la persona solicitante de la ayuda.
La realización de la visita por el personal técnico de la Administración no presupondrá la resolución favorable del expediente.
Séptimo. Procedimiento de concesión, criterios de valoración de solicitudes y distribución de las subvenciones.
1. E
 l procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria pública periódica de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante comparación de solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas.
2. L
 as solicitudes de ayuda de cada tipo de entidad o persona beneficiaria, definidas en el
punto 1 del apartado 2, se ordenarán según los siguientes criterios de valoración, hasta un
máximo de 35 puntos.
Criterios de valoración:
a) Tipo de entidad o persona beneficiaria (máximo 15 puntos).


— Escuelas Municipales de Equitación: 15 puntos.



— Centros deportivos ecuestres y centros de enseñanza privados en los que se ofertan
clases de equitación, equitación adaptada o sesiones de intervención asistida con
caballos: 10 puntos.



— Empresas de Turismo Ecuestre: 5 puntos.



— Titulares de explotación equina de producción y reproducción: 3 puntos.

b) Memoria Técnica (máximo 20 puntos):


Municipios y entidades locales menores que posean escuelas municipales de equitación:



— Correcta redacción de la memoria técnica y calidad del proyecto (1 punto).