Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063889)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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Octavo. Financiación.
1. El importe total de la convocatoria asciende a la cuantía de 500.000,00 euros, con cargo al ejercicio
2023 y que será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20150092, con el siguiente desglose por programas:
a) Programas I, II y III: (CONVO/2023/0000000009): 475.000 euros.
b) Programa IV: (CONVO/2023/0000000010): 25.000 euros.
2. D
 e conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las
modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante resolución de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Empleo, que será objeto
de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la
consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
3. L
 a presente convocatoria queda condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente, al tramitarse de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto en
la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Noveno. Protección de datos personales.
1. T
 odas las actividades del tratamiento de los datos personales de las personas físicas que
se derivan de la gestión de estas ayudas y subvenciones se llevarán a cabo de conformidad
con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
2. En cumplimiento del principio de responsabilidad proactiva, el Servicio Extremeño Público
de Empleo se obliga, en la gestión de las ayudas y subvenciones previstas en esta disposición, a adoptar todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para garantizar
el cumplimiento de todas las obligaciones en materia de protección de datos que exige la
citada normativa, en aplicación de su política de protección de datos.