Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063889)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
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Viernes 16 de diciembre de 2022

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN
DE BENEFICIARIA Y OTRAS AYUDAS PÚBLICAS SOLICITADAS O RECIBIDAS POR LA ENTIDAD
SOLICITANTE
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA
1. Que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura:
a)

Que la entidad solicitante no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pérdida de posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos,
tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

b) Que la entidad solicitante no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarada insolvente
en cualquier procedimiento, ni se halla declarada en concurso, salvo que éste haya adquirido la eficacia de un
convenio, ni está sujeta a intervención judicial, ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya
concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c)

Que la entidad solicitante no ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución
firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Que la entidad solicitante, administrador de la sociedad mercantil o aquellos que ostenten la representación legal
de la entidad solicitante, no se encuentra incurso en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo
reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de
cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral
General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
e)

Que la entidad se halla al corriente con la Hacienda del Estado, Hacienda autonómica y con la Seguridad Social.

f)

Que la entidad solicitante no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como
paraíso fiscal.

g)

Que la entidad solicitante se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) Que la entidad solicitante no ha sido sancionada, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de
obtener subvenciones según la Ley 6/2011, de 23 de marzo, o la Ley General Tributaria.

2.

i)

Que, en el caso de entidades sin personalidad jurídica previstas en el artículo 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ninguno de sus miembros se halla incurso
en ninguna de las prohibiciones de los apartados anteriores.

j)

Que, en el caso de asociaciones, no se encuentren incursas en las causas de prohibición previstas en los
apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación
y no se encuentre suspendido el procedimiento administrativo para su inscripción por indicios racionales de
ilicitud penal.

Respecto de otras ayudas acogidas al Régimen de Mínimis (Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de
diciembre y Reglamento nº 360/2012, de la Comisión, de 25 de abril de2012):
 NO haber solicitado o recibido ayudas y subvenciones durante los últimos tres ejercicios fiscales, (el actual y los
dos anteriores) para este o cualquier otro régimen de ayudas, acogido a la normativa de mínimis.
 Haber solicitado o recibido las ayudas y subvenciones acogidas al régimen de mínimis que se mencionan a
continuación durante los últimos tres ejercicios fiscales (el actual y los dos anteriores) para este o cualquier otro
régimen de ayudas, acogido a la normativa de mínimis.

ORGANISMO

TIPO DE AYUDA
EXPEDIENTE

/

COD.

(1) TRAMITACIÓN: S=SOLICITADA, C=CONCEDIDA, P=PAGADA

IMPORTE

ESTADO
TRAMITACIÓN
(1)