Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063889)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
38 páginas totales
Página
NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

62440

a) Copia de la comunicación del contrato/s o sus prórrogas al correspondiente Servicio Público de Empleo de las personas trabajadoras por los que se solicita subvención, siempre que la entidad se oponga a la consulta de oficio de la misma por Servicio Extremeño
Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la solicitud.
b) Anexo IV debidamente cumplimentado con la relación de los datos de las personas trabajadoras contratadas por las que se solicita subvención.
c) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de cada persona trabajadora por la que se solicita la subvención, siempre que la persona trabajadora se oponga a la consulta de oficio de la misma por el Servicio Extremeño
Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la solicitud.
2. P
 ara cada uno de los meses de solicitud de subvención del Programa II, y en el plazo de dos
meses a contar desde la finalización del periodo que se subvenciona, deberá presentarse el
anexo VI debidamente cumplimentado acompañado de la siguiente documentación:
a) Anexo I. Modelo de solicitud normalizado y debidamente cumplimentado en todos sus
términos (incluido el documento de alta en el subsistema de terceros de la Junta de Extremadura en el caso de no estar dado de alta, o cuando se quiera modificar el mismo)
y firmado por la persona que ejerza de representante legal de la entidad solicitante.
b) Copias de las nóminas correspondientes al periodo del programa subvencionado, debidamente firmadas por las personas trabajadoras y la empresa, cuyos contratos hayan
sido objeto de subvención.
c) Copias de los justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, a las
personas trabajadoras objeto de subvención. En el justificante deberán constar, los siguientes datos: el titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe,
fecha de pago, beneficiario de la operación y concepto. No se admitirán, en ningún caso,
pagos en metálico.
d) Copias de los documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta
cotización referidos a los trabajadores/as objeto de subvención:


1º) Modelos de documentos (RLC) del periodo del programa subvencionado, así como
copias de sus correspondientes justificantes de pago.



2º) Modelos de documentos (RNT) del periodo del programa subvencionado.

e) C
 ertificados originales de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social en el caso de que la persona interesada se oponga